Colectivo Transexuales de
Cataluña tampoco ve positivo el acuerdo Sanidad para Trans
Los
medios se hacen eco de que la Comisión Interterritorial
que decide las prestaciones con cargo a la Seguridad
Social de las Comunidades Autónomas y del conjunto de
España han decidido no incluir el gasto sanitario de la
transexualidad y en cambio han optado por promover unos
"centros de referencia" por si alguna comunidad
decide otra cosa y quiere, pagándolo ella, derivar sus
casos.
Nota del Colectivo de Transexuales de Cataluña-.
El resumen es: no se incluirá la atención médica
transexual ni las cirugías transexualizadoras en el catálogo
de prestaciones gratuitas de la Seguridad Social.
Atrás quedaron las promesas, olvidadas, de unos y otros.
Atrás quedó el reconocimiento explícito, eso sí ante
los y las representantes del movimiento transexual, de que
no había ninguna base razonable para esa exclusión salvo
el regodearse en la transfobia social y no querer
enfrentarse a la discriminación del colectivo (los
derechos humanos y la no discriminación no valen unos
pocos votos..., piensan).....
Pues
bien, luego se preguntarán por qué tenemos esa
lamentable opinión que tenemos de ellos, de los que
mandan. ¿Acaso puede extrañar?
¿Por qué la clase política insulta a la comunidad
transexual? Evidentemente porque piensan que utilizar la
transfobia puede reportarles algún voto. De modo parecido
a como otros utilizan el odio xenófobo y racista español
contra Catalunya y los catalanes, por si ello les reporta
algún beneficio político...
Marina Geli que había afirmado a una servidora, y en
presencia de otros testigos, hace ya unos años, que no veía
ningún motivo razonable, y desde luego no económico,
para no asumir las operaciones de cambio de sexo, ahora
dice que antes de 2009 no podrá ser porque primero
debemos asegurar la atención bucal de los niños... Si
ella sabe y ha dicho que eso no es lógico, ¿por qué lo
suelta ahora?.
Incluso en la idea de no ceder a la razón, ¿No podía
decir simplemente que "se está estudiado el
tema" o "consideramos dicho tratamiento con
otros también prioritarios", etc.? ¿Por qué
escupir sobre sus anteriores palabras y sobre las promesas
electorales de su partido?: TRANSFOBIA
Piensan que meterse con los débiles es rentable. Que no
vale la pena recibir la crítica de los carcamales por una
cosa justa si no se va a rentabilizar en votos...
Para quienes creyeron en el PSOE o el PSC, una decepción,
una triste decepción.
Para quienes creyeron en la honestidad de la consellera de
sanitat, un fiasco. La política, su día a día corrompen
y al final nada distingue, por lo que parece, a unos de
otros. Acaban siendo todos simples gestores y punto.
¿Y IU, ICV-EUa? ¿y ERC? Me supongo que efectuarán
alguna declaración de apoyo a la causa transexual y ya
está. La transexualidad no es un tema crucial que suponga
compromiso a tener en cuenta cara a sus pactos. Al fin y
al cabo otro tanto sucede con otras cosas que ellos
consideran más importantes que nosotras... Si tuviéramos
más votos sería otra cosa... La pregunta es: ¿cuantos
votos más se necesitan para no secundar un gobierno que
sostiene esas teorías y declaraciones racistas y transfóbicas?
¿Qué se necesita para criticar a alguien que afirmara
que antes de dar tratamiento a negros y gitanos queda el
tratamiento bucal de los niños que es más importante?
No se puede creer en un gobierno, ni en los partidos que
lo sustentan, cualquiera de los que da estabilidad tanto
al gobierno de España como al nuestro de Catalunya, que
mantienen actitudes transfóbicas de tan desagradable
calado.
No les negaremos méritos y valentía, ni siquiera que en
su labor de gobierno efectúen tareas positivas (es un
decir), pero hasta aquí hemos llegado. O rectifican el
discurso/insulto de Marina Geli y las chanzas del gobierno
de Madrid o habrán perdido toda su credibilidad.
Es la realidad. La credibilidad cuesta de ganar pero se
pierde fácil. En este caso incluso diría que "las
izquierdas" están requemando la escasa credibilidad
de que aún puedan gozar en la comunidad GLBT.
Desde aquí y en nombre propio, del colectivo de
transexuales de Catalunya y del conjunto de la Comunidad
Transexual me permito pedir al gobierno una rectificación
de su política transexual y una disculpa por las
declaraciones/insulto del tipo de las proferidas por la
consellera de sanitat Marina Geli. No son de recibo.
Natalia Parés Vives
Presidenta del CTC
Colectivo de Transexuales de Cataluña""
“Crónica
de acuerdo político insuficiente” Transexualia detalla
carencias sanitarias a trans
La
Asociación de Transexuales de España, AET-Transexualia,
detalla en un amplio informe los avances legislativos y
las carencias del acuerdo sanitario hacia hombres y
mujeres transexuales, aprobado recientemente por el
Consejo Interterritorial de Salud con el Ministerio de
Sanidad. AET-Transexualia es el primer colectivo
transexual que se creó en España, fundado en 1987, ante
la grave situación de desprotección en que se
encontraban las personas transexuales, mayormente por el
acoso policial que sufrían. El trabajo realizado a lo
largo de estas dos ultimas décadas, avalan su prestigio y
capacidad.
Este jueves 20 de
diciembre, los diputados han celebrado el último Pleno
del año y de la presente Legislatura. Las elecciones
generales se celebraran el próximo mes de marzo.
“Crónica
de un acuerdo político insuficiente”
Informe
de la Junta Directiva de Transexualia-.
El 12/12/2007 se reunió en Consejo Interterritorial del
Sistema Nacional de Salud (SNS), órgano consultivo donde
están representados el Ministerio de Sanidad y Consumo y
las Consejerías de Sanidad de las CCAA, para abordar,
entre otras cuestiones, la designación de Unidades,
Centros o servicios de referencia para la atención
sanitaria pública de la transexualidad, con independencia
del lugar de residencia.
Antecedentes
históricos de nuestra reivindicación sanitaria
La
demanda histórica del colectivo transexual de la
cobertura sanitaria pública del tratamiento clínico
integral de reasignación de sexo viene de muy lejos. En
1991 la entonces Ministra de Sanidad, Mª Ángeles Amador,
recibió esta petición, que no sería atendida por parte
del Gobierno con los argumentos tan peregrinos como
lamentables a los que ya está acostumbrado a escuchar el
movimiento asociativo transexual cuando dialoga
frecuentemente con las instituciones públicas y los
partidos políticos (los prejuicios sociales sobre la
realidad transexual alcanzan, en menor o mayor grado, a
todo el espectro parlamentario, aunque la izquierda política
y social siempre haya puesto más énfasis en recoger las
aspiraciones de igualdad y emancipación de las minorías
sexuales, incorporándolas a sus respectivos proyectos políticos);
en 1995 se excluyó expresamente del catálogo general de
prestaciones sanitarias del SNS la “cirugía de
cambio de sexo, salvo en los estados de intersexualidad
patológica”; en 1999 el Congreso de los Diputados
aprueba una resolución (a instancias de una proposición
no de ley presentada por IU) que insta al Gobierno de la
Nación a estudiar la posible inclusión de esta prestación
sanitaria en la sanidad pública y, ese mismo año, la
Junta de Andalucía, en el marco de sus competencias y en
cumplimiento de una resolución aprobada por el Parlamento
andaluz, incluye el tratamiento clínico de reasignación
de sexo en el Servicio Andaluz de Salud (SAS), mediante la
creación de una Unidad de Identidad de Género en el
Hospital Carlos Haya (Málaga), que entraría en
funcionamiento en 2000.
El
09/04/2002 la Agencia de Evaluación de Tecnologías
Sanitarias del Instituto de Salud Carlos III, órgano de
asesoramiento científico técnico del Ministerio de
Sanidad y Consumo (MSC), presentó a la Subcomisión
de Prestaciones del citado departamento ministerial un
informe científico-técnico sobre trastornos de identidad
de género (con atención especial a la cirugía de
reasignación de sexo) que concluía con un dictamen
favorable a la inclusión del tratamiento clínico
integral de reasignación de sexo en el catálogo general
de prestaciones sanitarias del SNS. A pesar de este
dictamen favorable, por aquel entonces sólo dos CCAA se
mostraron favorables a la inclusión de esta prestación,
Andalucía y Extremadura (que desde 2002 deriva a sus
pacientes transexuales al Hospital Carlos Haya de Málaga);
tres se abstuvieron y el resto votó en contra.
¿Qué
es el tratamiento clínico integral de reasignación de
sexo?
El
tratamiento clínico integral de reasignación de sexo es
un conjunto de procedimientos definidos desde la psicología
y la medicina para que la persona transexual pueda adecuar
los caracteres sexuales secundarios y primarios –según
cada caso- a su identidad de género o sexo psico-social.
Este tratamiento abarca procedimientos tan diversos como
la asistencia psicoterapéutica en la fase de diagnóstico
de la transexualidad (que debe también incidir en la
construcción de mecanismos de auto-apoyo para confrontar
el rechazo del entorno social y familiar o la discriminación
socio-laboral; la sexualidad y las relaciones
afectivo-sexuales, etc.); las terapias hormonales
sustitutivas para adecuar el sexo anatómico a la propia
identidad de género, con un seguimiento y control
endocrinológico de carácter periódico; las prestaciones
complementarias necesarias según los casos (logopedia
para modular la voz de mujeres transexuales, dermatología
para la depilación del vello facial y/o corporal en
mujeres transexuales,…); y, por último, las diversas
intervenciones plástico-quirúrgicas características del
proceso de reasignación de sexo, según cada caso
concreto y dependiendo siempre de la voluntad de la
persona: en mujeres transexuales, las intervenciones más
comunes serían la mamoplastia (implante de mamas) y la
vaginoplastia y clitoroplastia (creación de una neo-vagina);
en el caso de los hombres transexuales, las intervenciones
más comunes serían la mastectomía (o extirpación de
las mamas para crear un contorno pectoral masculino) y la
histerectomía y ovariectomía (extirpación de útero y
ovarios), siendo las que afectan a la genitalidad de los
hombres transexuales las menos frecuentes, por el riesgo
que conllevan y la incertidumbre ante su posible
disfuncionalidad como órgano de placer sexual (metaoidoioplastia,
o creación de un micro-pene a partir del clítoris; y
faloplastia, mediante el implante de un pene con tejidos
extraídos del antebrazo).
Por
tanto, este tratamiento no consiste únicamente en la
cirugía de reasignación de sexo (vaginoplastia y
clitoroplastia para mujeres transexuales; metaidoioplastia
o faloplastia para hombres transexuales) y, en una gran
parte de los casos, ni siquiera constituye la parte
esencial de un proceso de reasignación de sexo, en el que
sobre todo debería tenerse en cuenta el grado de
satisfacción de la persona transexual al desarrollar sus
experiencias vitales conforme a su propia identidad de género
(una cuestión que va mucho más allá de las simples imágenes
corporales –siempre estereotipadas por los roles de género
y los parámetros estéticos de nuestro entorno cultural-
y de la propia genitalidad).
De
ahí que la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la
rectificación registral de la mención relativa al sexo
de las personas (más conocida como Ley de Identidad de Género),
prevea en su articulado el derecho de las personas
transexuales a la rectificación registral de la mención
de sexo (y, en consecuencia, del nombre) sin necesidad de
haberse sometido previamente a la cirugía de reasignación
sexual. Ésta era una demanda esencial por parte del
colectivo transexual porque, a pesar de los avances científico-técnicos
en la materia, todavía existe un elevado grado de
incertidumbre –lógica por parte de cualquier paciente-
sobre los resultados prácticos de una cirugía de
reasignación de sexo –tanto por los riesgos y
contraindicaciones que conllevan este tipo de
intervenciones y que siempre deben ser asumidos en el
consentimiento informado que suscribe el/la paciente, como
por las dudas previas sobre la funcionalidad o no del
nuevo órgano génito-urinario y, en especial, sobre la
sensibilidad erótica del mismo.
Avances
en las últimas legislaturas (autonómica y estatal)
El
Programa Electoral del PSOE a las Elecciones Generales de
14/03/2004 recogía dos reivindicaciones del movimiento
asociativo transexual en su apartado de Derechos Civiles,
que decían textualmente:
“Regularemos, mediante un procedimiento que
establezca las garantías necesarias, el derecho de los
transexuales a la rectificación registral de sexo”.
“El diagnóstico de la transexualidad y su tratamiento médico
y quirúrgico se incorporarán al catálogo de
prestaciones del Sistema Nacional de Salud”.
Obviamente,
el primer punto se cumplió con la aprobación por parte
de las Cortes Generales de la Ley 3/2007, de 15 de marzo (BOE
de 16/03/2007). Y lo más destacable del proceso
legislativo de esta norma ha sido la participación
directa del movimiento asociativo implicado (tanto la
FELGTB como las asociaciones no integradas en dicha
Federación) en su elaboración, tanto en la negociación
previa de los contenidos del anteproyecto de ley con la
Dirección General de Registros y Notariado y con el PSOE
(representado por el equipo que conforma la Secretaría de
Movimientos Sociales y Relaciones con las ONG´s, con
Pedro Zerolo en primera línea), como en el debate
parlamentario sobre las enmiendas al proyecto (con una
gran implicación, compromiso y complicidad por parte de
los Grupos Parlamentarios de IU-ICV y ERC, y la contribución
no menos destacable de los nacionalismos democráticos,
representados por CiU, PNV, EA, BNG, Nafarroa Bai, Chunta
Aragonesista, etc., y que son tan injustamente denostados
en nuestro sistema político). Por ello, nuestra posición
global sobre esta normativa es satisfactoria, a pesar de
que todavía se podrían emprender futuras modificaciones
para incluir a otros colectivos que quedaron excluidos
–muy a nuestro pesar- de la norma aprobada el 01/03/2007
(cual es el caso de las personas transexuales extranjeras
no comunitarias residentes en España).
Asimismo,
es de justicia reconocer que el impulso para que el
proyecto de ley se presentara en 2006 (sin más
dilaciones) y su elaboración democrática y participativa
–recogiendo gran parte de las propuestas concretas del
movimiento asociativo- guardan una estrecha relación de
causa-efecto con el proceso de movilización ciudadana
emprendida por varias compañeras, tras el anuncio de
convocatoria de huelga de hambre que lanzó Carla
Antonelli. Hoy por hoy y mirando con retrospectiva, nos
atrevemos a decir abiertamente que ese impulso
probablemente fue decisivo para cambiar de forma
sustancial el curso de los acontecimientos: se consiguió
evitar mayores demoras en la presentación del
anteproyecto de ley en Consejo de Ministros (siempre
aplazado por circunstancias ajenas a nuestra realidad
social) y, por otro lado, inoculó en el partido
gobernante el antídoto necesario para evitar cualquier
veleidad de despotismo ilustrado en la elaboración de los
contenidos de la futura ley, abriéndose un proceso de diálogo
entre el PSOE y el conjunto del movimiento asociativo, con
carácter previo a la presentación del anteproyecto de
ley en el Consejo de Ministros.
En
cuanto al segundo punto del Programa Electoral, AET-Transexualia
ha de manifestar, con toda sinceridad, que desde un
principio percibió un notable desinterés por parte del
Ministerio de Sanidad y Consumo. El 27/04/2004 se celebró
una primera reunión con el entonces Secretario General de
Sanidad, Fernando Lamata, con un resultado inicialmente
satisfactorio –del que se dejó constancia en la nota de
prensa posterior- y, acto seguido, llegó a los medios de
comunicación la versión de la Ministra de Sanidad, Elena
Salgado, cuestionando nuestra valoración inicial por
entender que era “muy optimista”. A partir de ahí
empezó lo que no se puede catalogar de otro modo que un
desencuentro crónico y persistente con este Ministerio a
la hora de abordar nuestra reivindicación sanitaria.
Durante
los dos primeros años de esta legislatura que ahora entra
en su recta final (concretamente, desde 2004 hasta
septiembre de 2006) se estaba debatiendo en el Consejo
Interterritorial de Salud la elaboración del nuevo catálogo
general de prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de
Salud –aprobado en septiembre de 2006 mediante el Real
Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se
establece la cartera de Servicios Comunes del Sistema
Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización-,
que vendría a sustituir al antiguo catálogo, en vigor
desde 1995 (Real Decreto 63/1995, de 20 de enero, sobre
Ordenación de Prestaciones sanitarias del Sistema
Nacional de Salud).
En
el primer semestre de 2005 se celebraron otras dos
reuniones entre la FELGTB y el MSC –en concreto, con la
Dirección General de Cohesión del SNS y Alta Inspección-,
de las que surgió un tímido compromiso institucional:
configurar una mesa de expertos para abordar esta cuestión,
alegando que los informes existentes hasta la fecha no
aportaban suficientes datos (opinión muy ligera de la que
seguimos discrepando). Tras recabar la información de
numerosos profesionales sanitarios que atienden la
transexualidad en el Estado español, en AET-Transexualia
nos consta que nunca se llegó a constituir esa mesa de
expertos. Otro compromiso más en el baúl de promesas
incumplidas.
Y
en septiembre de 2006, coincidiendo con el inicio del trámite
parlamentario del proyecto de ley reguladora de la
rectificación registral de la mención relativa al sexo
de las personas, llegó la aprobación del nuevo catálogo
de prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud
y, con él, otra decepción más en nuestro haber: el
tratamiento clínico integral de reasignación de sexo no
se había incorporado a la cartera de servicios comunes
del SNS. A lo sumo, el único consenso alcanzado en esta
materia entre Ministerio y Consejerías de Sanidad de CCAA
consistió en retirar aquella mención expresa a la
exclusión de “la cirugía de cambio de sexo”
que figuraba en el catálogo general de prestaciones
sanitarias de 1995. Otro tímido avance legal que no
conseguía atender, con plenitud, las necesidades
socio-sanitarias del colectivo transexual y que, a efectos
legales, consolidaba lo que ya venían ejerciendo en la práctica
muchas Consejerías de Sanidad desde 2005, al amparo de
las propias competencias asumidas por parte de las CCAA en
materia de gestión sanitaria: la inclusión del
tratamiento clínico integral de reasignación de sexo en
sus propios catálogos de prestaciones
complementarias, atendiendo la transexualidad desde sus
respectivos sistemas públicos de salud y con cargo a los
presupuestos autonómicos.
En
este aspecto, fueron varias las CCAA que incluyeron –de
forma parcial o en su totalidad- el tratamiento clínico
de reasignación de sexo desde 2005, sumándose a la senda
iniciada por la Junta de Andalucía en 1999: Aragón
(septiembre de 2005), Catalunya (en 2005, aunque sólo en
las fases de asistencia psicológica y endocrinológica de
la transexualidad), Asturias (marzo de 2007) y Madrid
(mayo de 2007). Caso paradigmático fue el de Madrid, al
tratarse de la primera Comunidad Autónoma gobernada por
el Partido Popular (PP) que decidía incluir la atención
socio-sanitaria de la transexualidad en el Servicio
Madrileño de Salud (SERMAS), decisión que tuvo su origen
en una resolución aprobada por unanimidad en la Asamblea
de Madrid el 01/06/2006, a instancias de dos proposiciones
No de Ley (la primera del Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida y la segunda presentada por el PP). La vertebración
territorial del movimiento asociativo LGTB en todas las
CCAA ha sido un factor esencial en la consecución de
todos estos avances sanitarios en el ámbito autonómico,
porque la mayor parte de los logros alcanzados en esta
materia ha contado con la participación activa y decisiva
de las asociaciones de transexuales y LGTB implantadas en
sus respectivos ámbitos territoriales.
Tras
el paréntesis lógico que supuso la tramitación
parlamentaria del proyecto de ley reguladora de la
rectificación registral de sexo, al concentrarse todos
los esfuerzos asociativos a nivel estatal en la aprobación
de esta norma, en abril de 2007 varias asociaciones
(integradas o no en la FELGTB) coincidimos en la necesidad
de retomar las conversaciones con el MSC –interrumpidas
en 2005- para abordar la inclusión del tratamiento clínico
integral de reasignación de sexo en la cartera de
servicios comunes del SNS. De ahí surgieron nuevos
acuerdos concretos de colaboración entre asociaciones de
transexuales y LGTB –plasmados en la constitución de la
Plataforma por la Inclusión de los Derechos Sanitarios de
las Personas Transexuales en el Sistema Nacional de Salud
(PDST)- y algunos desencuentros amargos con otras
organizaciones, que tuvieron su origen tanto en las
discrepancias –siempre legítimas- sobre el alcance y
desarrollo concretos de esta prestación sanitaria, como
en los métodos adoptados para configurar la delegación
institucional que debía acudir a una reunión con un
organismo público (poco respetuosa con los principios de
democracia interna de las asociaciones, por mucho que se
intentase dotar a esta decisión de una supuesta
legitimidad democrática a posteriori, mediante la
ratificación de la misma por parte del máximo órgano
entre congresos).
El
07/06/2007 varias asociaciones presentan su escrito de
petición de reunión con el MSC. Una reunión que, tras
variados contratiempos (entre ellos, la suspensión de la
reunión inicialmente prevista para el 04/09/2007), se
celebra con desunión por parte del movimiento asociativo:
el 25/09/2007 con la FELGTB y el 26/09/2007 con la PDST.
Respecto a las propuestas planteadas por el movimiento
asociativo, AET-Transexualia se remite a todos los
documentos que presentó por escrito en el Registro del
MSC el 24/08/2007 y el 03/09/2007 (muchos de ellos
coinciden con las mismas propuestas que en 2004
presentaron diversas asociaciones, tanto la FELGTB como
otras asociaciones no integradas en dicha Federación).
De
esas dos reuniones del MSC con el movimiento asociativo
surge la propuesta del nuevo departamento ministerial
(tras el nombramiento de Bernat Soria como Ministro del
ramo): la asignación de uno o varios centros de
referencia estatal en el Sistema Nacional de Salud para
atender la transexualidad, con cargo al Fondo de Cohesión
Sanitaria. Según dispone el Real Decreto 1302/2006, de 10
de noviembre, el objeto de estos servicios o centros de
referencia “es garantizar la equidad en el acceso a una
atención sanitaria de calidad, segura y eficiente a las
personas con patologías que, por sus características,
precisan de cuidados de elevado nivel de especialización
que requieren concentrar los casos a tratar en un número
reducido de centros”.
El
12/12/2007 se celebra la última reunión (tanto del año
en curso como de la presente legislatura) del Consejo
Interterritorial del SNS, en el que se ha acordado asignar
uno o varios centros, Unidades o servicios de referencia
para el tratamiento clínico de reasignación de sexo,
atendiendo a los criterios establecidos por un grupo de
expertos en cirugía plástica, endocrinología, psiquiatría
y psicología y estudiando los requisitos humanos,
formativos, de experiencia y técnicos necesarios.
Posteriormente, el Comité de Designación de centros,
servicios y unidades de referencia evaluará las
solicitudes recibidas y, siguiendo los criterios acordados
para su designación, cursará traslado de su propuesta al
Ministerio, que se encargará de acreditarlos a través de
la Agencia de Calidad del SNS.
Motivos
de nuestra discrepancia con la propuesta del Ministerio de
Sanidad
Si, aparentemente, todo parece tan perfecto y los medios
de comunicación nos informan del “cambio de sexo
gratis” (como si las prestaciones sanitarias no fueran
financiadas por el conjunto de la ciudadanía a través de
su sistema fiscal –cada vez menos progresivo gracias las
políticas económicas basadas en la disminución de los
impuestos directos sobre las rentas más altas- y de las
cotizaciones a la Seguridad Social), ¿cómo es posible
que una asociación con esta trayectoria histórica
discrepe con una propuesta formulada por un gobierno
progresista que pretende garantizar la igualdad en el
acceso a nuestra prestación sanitaria en el conjunto del
territorio estatal, independientemente del lugar de
residencia?
Por varias razones que vamos a detallar:
1.
En primer lugar, el MSC perdió una gran oportunidad
durante los dos primeros años de legislatura para
trasladar al Consejo Interterritorial del SNS la propuesta
de inclusión del tratamiento clínico integral de
reasignación de sexo en el catálogo general de
prestaciones sanitarias del SNS, justo en el momento
preciso en el que se estaba debatiendo la nueva cartera de
servicios comunes.
2.
En segundo lugar, este sistema de centros o unidades de
referencia no incorpora expresamente nuestras necesidades
sanitarias al catálogo general de prestaciones sanitarias
del SNS, con pleno derecho. Este sistema se ciñe a la
designación de centros, servicios o unidades de
referencia estatal para atender una determinada patología,
durante un período máximo de cinco años y con
posibilidad de renovación. Por tanto, aún constituyendo
un avance respecto a la situación anterior, no es menos
cierto que este logro es claramente insatisfactorio,
porque en cualquier momento puede revocarse la designación
del centro, servicio o unidad de referencia, si ésta deja
de cumplir alguno de los criterios en función de los
cuales se le designó.
3.
Por otro lado, su sistema de financiación, con cargo al
Fondo de Cohesión Sanitaria, es motivo de discrepancia
entre CCAA, porque a través del citado Fondo se financia
sólo el 80% de la prestación sanitaria de los pacientes
derivados desde cualquier Comunidad Autónoma al centro de
referencia acreditado. ¿Qué quiere decir? Poniendo un
ejemplo hipotético con la Unidad de Trastornos de
Identidad de Género el Hospital Carlos Haya (Málaga), si
ésta fuera acreditada como centro de referencia, el Fondo
de Cohesión Sanitaria compensaría al Servicio Andaluz de
Salud con el 80% del coste de los tratamientos prestados a
cada paciente derivado de cualquier otra Comunidad Autónoma,
pero el SAS debería seguir abonando el coste de sus
pacientes residentes en Andalucía. Primer desequilibrio
económico: la Comunidad Autónoma debe seguir financiando
a sus propios pacientes (los que residen en su ámbito
territorial), con cargo a sus presupuestos. Y ese quizás
debe ser el motivo esencial por el que Marina Geli,
Consellera de Salut de la Generalitat de Catalunya, haya
descartado recientemente su compromiso inicial de incluir
las cirugías de reasignación de sexo en el Server Català
de Salut para el 2008, alegando la existencia de otras
prioridades, como la atención bucodental en la infancia.
Teniendo en perspectiva la designación de centros de
referencia estatal, ¿para qué va a hacer Catalunya un
esfuerzo inversor en esta materia, si puede derivar a sus
pacientes a otra Comunidad Autónoma?
4.
De hecho, tampoco está muy claro que la Consejería de
Sanidad y Consumo de la Comunidad de Madrid vaya a
solicitar la designación de la Unidad de Identidad de Género
recién creada en el SERMAS como unidad de referencia
estatal. Y la Unidad de Asturias, creada en marzo de 2007,
carece hoy por hoy de especialistas para atender las cirugías
de reasignación de sexo, por lo que no cumpliría uno de
los requisitos esenciales para optar a constituirse como
unidad de referencia estatal.
5.
En definitiva, ¿qué nos queda de la generosa propuesta
del Ministerio de Sanidad y Consumo, acordada en el
Consejo Interterritorial del SNS sin la presencia de los
consejeros de sanidad de las CCAA gobernadas por el PP?:
el Hospital Carlos Haya de Málaga como única alternativa
creíble para postularse en este momento como centro,
unidad o servicio de referencia estatal para atender la
transexualidad. Tan certera es esta posibilidad que, de
hecho, la Junta de Andalucía ha sido la única Comunidad
Autónoma que ya ha dado a conocer su opinión en la
materia, por boca de su Consejera de Salud, Mª Jesús
Montero, quien ya ha señalado en la prensa que “no me
cabe la menor duda de que el Carlos Haya será una de las
unidades acreditadas para recibir a estos pacientes.”
Precisamente estamos hablando de una Unidad que ya de por
sí se encuentra colapsada de pacientes desde hace varios
años –posiblemente debido a serias carencias económicas
de orden presupuestario- y con una considerable lista de
espera. Nos consta también, por informaciones de los
usuarios de la misma, que el servicio de cirugías de
reasignación de sexo lleva paralizado varios meses debido
a la excedencia de uno de los cirujanos del equipo
profesional. ¿Ésta es la forma que tiene el Ministerio
de Sanidad de atender nuestras necesidades? ¿Es ésta la
consideración que merecemos las personas transexuales por
parte de las autoridades sanitarias?
6.
Y he aquí precisamente el riesgo que ciertas asociaciones
queríamos evitar: si bien las cirugías de reasignación
de sexo, por su elevada complejidad, especialización y
cualificación científico-técnica, requieren de la
concentración de los recursos disponibles en unas pocas
unidades de referencia estatal, el resto de los
procedimientos previstos para atender el tratamiento clínico
integral de reasignación de sexo (atención psicológica
en la fase de diagnóstico de la transexualidad, controles
endocrinológicos de las terapias hormonales sustitutivas,
etc.) necesita, por su carácter periódico en el tiempo,
de la cercanía y la proximidad geográfica para
garantizar el adecuado seguimiento de cada paciente. ¿Por
qué? Porque lo contrario sólo conduce al abandono
voluntario del tratamiento médico reglado por parte del
paciente (con los consiguientes riesgos derivados de la
auto-administración de hormonas) e incentiva
–indirectamente- la búsqueda de las intervenciones médico-quirúrgicas
a través de los recursos ya disponibles en la sanidad
privada. Aunque se abonaran los costes derivados de los
desplazamientos entre CCAA a los pacientes, ¿alguien es
consciente de lo que supone acudir, durante un mínimo de
cuatro visitas anuales, a una Unidad de Identidad de Género
situada a cientos de kilómetros para recibir, durante un
período de –al menos- dos años, la asistencia psicológica
y endocrinológica? ¿Alguien es consciente de sus
repercusiones en un entorno laboral dominado por la
precariedad en el empleo, con la consiguiente pérdida de
facto de derechos sociales –aunque éstos estén
reconocidos por la legislación laboral y la negociación
colectiva? Si en muchas empresas se despide impunemente a
trabajadores en situación de Incapacidad Temporal por
enfermedad común (porque esta situación está permitida
en nuestra legislación laboral, merced a las
continuas políticas de desregulación en el mundo del
trabajo) y hasta se llega en ocasiones al extremo de
despedir a mujeres embarazadas (aún tratándose de un
despido nulo que conlleva la inmediata readmisión de la
trabajadora tras dictarse sentencia en la primera
instancia del orden jurisdiccional de lo social), ¿qué
puede ocurrir cuando una persona transexual tenga que
afrontar cuatro –o más- visitas médicas anuales a
larga distancia, que impliquen una ausencia del centro de
trabajo durante varios días al año (tantos como visitas
haya que realizar)? Ante tanto nivel de complicación
burocrática para sus vidas cotidianas, muchas personas
transexuales optarán por buscar una vía alternativa más
práctica, que no siempre será la más adecuada para su
salud.
7.
Por eso AET-Transexualia propuso desde un primer momento
que las primeras fases del proceso de reasignación de
sexo (todas aquellas en las que no interviene la
especialidad quirúrgica) fueran atendidas en unidades
creadas a tal efecto en cada Comunidad Autónoma y, en
consecuencia, la concentración de recursos económicos, técnicos
y humanos propia de los centros, servicios o unidades de
referencia se destinara, única y exclusivamente, a
atender las intervenciones plástico-quirúrgicas propias
del proceso de reasignación de sexo.
En
virtud de lo expuesto anteriormente, consideramos que el
principio de acuerdo adoptado el 12/12/2007 en el Consejo
Interterritorial del SNS es claramente insuficiente para
atender las necesidades socio-sanitarias de las personas
transexuales en el conjunto del territorio del Estado español
y, por ende, manifiestamente mejorable. Y en ello va a
seguir trabajando AET-Transexualia.
Una
promesa electoral puede incumplirse, abordarse en su
integridad o cerrarse en falso. En este caso, entendemos
que la propuesta del Ministerio zanja de mala manera un
problema mediante la adopción de una solución
organizativa de los recursos –la de los centros de
referencia- que no tiene en cuenta las necesidades
sanitarias reales de la población a la que se pretende
atender, sin haber previsto y estudiado de antemano otras
posibilidades –tan realistas como la recientemente
aprobada- para incorporar esta prestación al Sistema
Nacional de Salud, que no hubieran supuesto un mayor coste
para el erario público, pero sí una mejor calidad en el
servicio sanitario de la transexualidad.
En
Madrid, a 20 de diciembre de 2007. Junta Directiva de AET-Transexualia.
En abril
en una plaza de Hernani le hicieron un funeral civil a Amaia-Aimar
ELOSEGI ANSA, hernanitarra muerto el lunes. En los actos tomaron
parte dantzaris y bertsolaris, así como sus amigos y los amigos
de sus hermanos.
Los amigos de sus hermanos leyeron un escrito expresando la lucha
que había llevado en su vida y en la crónica manifestaron lo que
querían: Aunque en torno a la identidad de sexo algunos "tabús"
se han superado, por ahora existen otros tantos en el tema de
transexualidad y es necesario lograr superarlos. Reconocieron el
valor y la honestidad del joven, y "cuando dentro de unos años
se supere ese tabú, en nuestro pueblo le recordaremos como un
pionero", dijeron: que lo recordaremos. En el acto sus amigos
y conocidos apoyaron a la familia.
Hola
Amaia, perdona Aimar
"día 23 de este mes fue
triste. El cielo encapotado, nubes oscuras amedrentadoras al salir
de casa...Señal de que algo malo iba a pasar.
Por la mañana muy pronto, cuando salía, en el camino hacia la
Caja, en las esquinas de la Plaza Nueva pusieron esquelas
cuadraditas. Jamás miro hacia allí porque no me gusta, pero ese
día tenía una premonición o algo de ese estilo. Me quedé
parado, miré y de repente y vi una cara de un joven conocido, me
acerco y se me saltaron las lágrimas.
Hacía unos años que nos conocíamos y estuvimos juntos en el
Instituto. Aunque tenía una mirada seria, siempre tenía una
sonrisa en los labios. Nos llevábamos bien y eso no es siempre fácil
que suceda entre alumno y profesor (menos en aquella edad).
Tengo que decir la verdad, hacía tiempo que no le había visto y
al verle me di cuenta de que no tenía buen color. Así que se me
quedó una espina en el corazón para siempre.
¿A caso hice todo lo que pude en su momento para explicar en su
momento todo lo que quiere decir la palabra "LIBERTAD"?
Alguno contestará que no tenía que explicarle a Aimar, qué era
la libertad, sino hacérselo saber a la sociedad, ¡Eso es!
Desafortunadamente," opción sexual", "identidad de
sexo" y conceptos de ese tipo ahora son muy actuales, son
conocimientos nuevos.
Muchas veces las leyes los aceptan como si la sociedad los tuviera
asumidos, pero la sociedad va mucho más retrasada que la Ley.
Tenemos un largo camino.
En el homenaje su familia dio la noticia de su lucha. ¡Felicidades!
a su familia (no hubo una respuesta ágil para satisfacer sus
demandas con el panorama de sociedad que tenemos).
Tú intentaste practicar esa libertad pero has chocado contra una
sociedad estrecha, cerrada y llena de gente ruin.
Te doy mi palabra de que seguiremos con tu lucha." Jone
Egaña
Homenaje
a Amaia-Aimar
"No conociéndote
personalmente, tus allegados, conocidos y amigos mediante sus
sentimientos me acercaron a tí. Nos reunimos en el velatorio. Tu
cuerpo fallecido,
sin respiración¿"mientras yo...vivo?
Ciertamente lo siento en mi fuero interno. La belleza de tu cara
reflejaba: frescura, dignidad, luz y amor. Tras hablar con tus
padres he sentido libertad a flor de piel, aunque fuera la
libertad un logro de tu vida, aún y todo, tu libertad interior,
tu manera de vivir, tus caminos para enfocar tus problemas y
moldes que nos impone la sociedad, sin hacer caso de las habladurías
del entorno, siguiendo tu propia luz interior. A la muerte también
le diste la cara con libertad y la libertad conlleva la dignidad.
Los que defendemos el derecho a morir con dignidad nos basamos en
el derecho a la libertad personal.
Sin duda has muerto con dignidad aunque tu idea era hacer otra
cosa. ¿Y qué? Cualquier tipo de muerte cuando se hace
libremente, es digna, y "jugar" con libertad es
"jugar" mediante la dignidad.
El amor te ha acompañado durante toda tu vida. Tus padres, tus
familiares, tus amigos, todos te han querido y en el último
momento de tu vida también has tenido todo su amor.
¿Pero qué cosa más bella, que morir rodeado de libertad y amor?
En la Plaza de Hernani a última hora de la tarde te brindaron un
homenaje o funeral civil, totalmente laico. Quiero decirte que
seguramente fue como tú lo hubieras deseado. Los que estábamos a
las siete y media en punto reunidos notamos un silencio profundo
entre nosotros. No por evitar ruidos, sino principalmente por la
profundidad que tiene el silencio. Silencio lleno de emoción y
sentimiento.
Entre el llanto, las palabras dichas y escuchadas hacia el
interior nos llegaron hasta lo más profundo.
"No queremos hacer preguntas"-dijeron tus amigos-.La
respuesta ya nos la has dado y se sabían las respuestas dadas
durante toda tu vida. Con todo ¿Porqué hacer preguntas absurdas?
No hay nada que deba esclarecerse. Has muerto dignamente y punto.
En esta sociedad hipócrita nuestra hay bastantes temas tabú como
suicidio, eutanasia, etc... todas ellas consecuencia de una falsa
moral. Tú has roto los tabús, el convencionalismo absoluto,
porque has vivido más allá de ellos.
También has sacado a la calle otro tema tabú: el del sexo. Uno
de tus compañeros comentaba que no tenías que "salir del
armario" porque no habías estado nunca dentro.
La transexualidad, el deseo de cambiar de sexo. También ahí has
actuado con libertad y dignidad. La sociedad no acepta vivir en
libertad.
Felicidades, Aimar porque como en muchos otros ámbitos también
en esto has intentado nuevos caminos. Estoy seguro de que la
sociedad de Hernani tenía ganas de oír este tipo de palabras y
que quedaran grabadas en la plaza.
Yo a tí, a tus padres y al pueblo de Hernani quiero darles con
este pequeño homenaje la enhorabuena. ¿Porqué no?
El dolor ahí está, cómo no, pero la paz, la tranquilidad y el
amor también.
Y para terminar, en tu esquela apareció una imagen bella. Eso
quiero reseñarte, por ejemplo: Hacia las estrellas, volando, tu
espíritu convertido en estrella, tu cuerpo en el regazo de la
Madre Tierra. Porque nos habías dejado.
Estarás en el pequeño cosmos de Hernani porque fuiste una
estrella luminosa. En el recuerdo colectivo estarás con muchas
otras estrellas unido, mientras tu cuerpo se convierte en tierra.
Muchas gracias y enhorabuena, Aimar.
No es un adiós."
Felipe Izaguirre, compañero de la ASOCIACIÓN DE DERECHO
A MORIR DIGNAMENTE
NECESIDADES TERAPEUTICAS DE LAS PERSONAS TRANSEXUALES
____________________________________________________ las necesidades
asistenciales de nuestro colectivo, así como nuestra opinión al
respecto de la manera mas adecuada de abordar, una problemática
psico-social compleja, que abarca muchos ámbitos de actuación
socio-sanitaria y que no ha sido entendida por la sociedad en su
autentica dimensión, hasta ahora. En la esperanza de que finalmente y
como debió hacerse ya hace tiempo, por fin se incluya entre las
prestaciones de la sanidad pública, el tratamiento integral y la
atención a las personas transexuales, paso a abordar directamente
nuestra exposición.
PROTOCOLO DE TRATAMIENTO DE LA TRANSEXUALIDAD
Este documento nace de la necesidad de definir un
marco técnico y legal dentro del cual el sistema sanitario (____),
pueda abordar con resolución y eficacia el tratamiento de la
transexualidad. En la actualidad y a pesar de la recomendación del
Parlamento Europeo (12/11/1989) no existe ni en (________), ni en el
Estado Español una ley de la transexualidad que proteja los derechos de
las personas transexuales. En cambio, la ley discrimina a la persona
transexual tanto por omisión de su obligación de protegerle, como por
sus contenidos que en algunos casos han sido una limitación expresa y
una conculcación de sus derechos.
Para la persona transexual los conflictos con el
sistema sanitario, en demanda de una atención que no recibe
adecuadamente, son una constante a lo largo de su vida. Desde la
infancia hasta la edad adulta, encuentra ignorancia en los profesionales
a los que accede, prejuicios y opiniones sin ningún fundamento, incluso
actitudes y posiciones que tienen su origen en un interés lucrativo
totalmente ajeno a las necesidades de la persona transexual. La
consecuencia de ello es una falta de confianza de muchas personas
transexuales en médicos, psicólogos, psiquiatras, etc., que desemboca
en el autodiagnóstico y automedicación generalizadas. Además, por su
coste y por la desinformación existente, sólo una minoría podrá
acceder parcialmente al tratamiento médico. Con un alto riesgo de
convertirse una víctima fácil de los que quieren sacar provecho de su
situación desesperada, desembocando a situaciones límite de desamparo,
impotencia, frustración e infelicidad. Y todo eso sucede cuando desde
los años 50 la transexualidad recibe un tratamiento médico
suficientemente satisfactorio y claro. Por ello consideramos de vital
importancia la elaboración de campañas informativas a los centros
de atención primaria, así como a los centros educativos, que sin
duda representan, el primer eslabón, entre la persona transexual y la
solución de su problemática. Y han de conocer, el trato adecuado ante
una posible persona transexual, y la información que deben
proporcionarle, para que pueda ser correctamente asistida.
No conocemos datos fiables al respecto, pero
estimaciones generales sugieren una proporción de 1mujer transexual de
cada 18.000 hombres, entre el total de la población masculina (1). Para
hacerse una idea de las demandas de operaciones de reasignación sexual
y suponiendo un predominio igual de la transexualidad de los dos sexos,
se calcula que estas afectan a 0.17 de cada 100.000 personas (2). La
transexualidad requiere para su correcto tratamiento profesionales con
experiencia que puedan abordar el conjunto del proceso transexualizador.
Ello difícilmente se dará sin la voluntad de las administraciones
responsables de asumir estas cuestiones.
1.- Bakker A, van Kesteren PJ, Gooren LJ, Bezemer PD.
The prevalence of transsexualism in the Netherlands. Acta Psychiatrica
Scandinavica 1993;87:237-238
2.- Landen M, Walinder J, Lundstrom B. Incidence and
sex ratio of transsexualism in Sweden. Acta Psychiatrica Scandinavica
1996;93:261-263
TRANSEXUALIDAD
Los avances en los estudios sobre la Identidad de
Género en estos últimos años, no dejan apenas lugar a especulaciones,
poniendo de manifiesto la naturaleza psico-social del conflicto, por lo
que las soluciones deberán encaminarse en ese sentido.
A pesar de que la Asociación Norteamericana de
Psicología incluya la transexualidad en el DSM-IV (Diagnostic
and Statistical Manual of Mental Disorders, cuarta edición), y que la
OMS haga lo propio en el ICD-10 (International Classification of
Diseases, décima edición) en breve, se estima, desaparecerá de ambos
catálogos, como ya sucedió con otras situaciones antes consideradas
patologías. Es preciso que se comprenda que la identidad sexual de
cualquier persona es inmutable y reside en su cerebro, no en sus
genitales; por ello la transexualidad no es más que la situación
resultante de un desarrollo físico divergente, en ciertas
características, con el verdadero género de la persona. Esa
divergencia puede ser notoria desde el nacimiento, como en la
intersexualidad, o no aparecer hasta una edad más avanzada en la que se
adquiere la conciencia de género; o identidad sexual, pero en todos los
casos el verdadero género tiene ya su impronta en el cerebro de cada
persona
.
Desde nuestra asociación, lanzamos una nueva
definición, dado que la persona transexual no puede ser considerada
como enfermo , ni la transexualidad como una patología, desde el punto
de vista de las propias personas transexuales para quienes la
transexualidad seria "mas que un deseo una necesidad de vivir y
ser reconocido y aceptado plenamente (tanto por si mismo como por el
conjunto de la sociedad) según su verdadera y real identidad sexual,
incongruente con el propio desarrollo biológico, que debe ser
modificado en lo posible (hormonal y quirúrgicamente), para que
identidad sexual y desarrollo biológico concuerden adecuadamente,
dentro de los limites lógicos impuestos por la propia necesidad de
adecuación y el desarrollo medico / científico del momento.
Hay que desterrar la idea de "cambio de
sexo", porque además de ser un concepto inadecuado, la experiencia
ha demostrado que es algo imposible. Las personas transexuales y las
intersexuales, se limitan a adaptar ciertas características físicas
poco o mal definidas, para armonizarlas con el género y/o identidad
sexual de cada cual. Para evitar errores, es imprescindible que esa
readaptación se lleve a cabo una vez que la identidad sexual se ha
definido claramente, con lo que
se evita que las personas
transexuales vivan en el género erróneo una vez detectado, y que las
intersexuales sufran adaptaciones precoces de difícil solución
posterior.
En España al no existir ninguna reglamentación o
reflexión médica sobre el tratamiento que deben recibir las personas
transexuales, cada profesional lo resuelve a su manera. Desde los que
niegan su deber y rehúsan proporcionar tratamiento de la transexualidad
hasta los que sí lo hacen, con más o menos acierto, pero que
normalmente están faltos de la preparación adecuada y tampoco disponen
de centros donde puedan recibir la información y formación oportuna.
El tratamiento psiquiátrico poco especializado no
suele aportar nada en el proceso clarificador de la persona transexual
que tarde o temprano decidirá la ineficacia del mismo. Los tratamientos
hormonales son prescritos luego con resignación, en un intento de
evitar la automedicación sin control que se valora como muy peligrosa.
Cualquier tratamiento global durante el período transitorio es
inexistente. La persona transexual va de por libre. No existen terapias
de apoyo a su proceso de adaptación al nuevo rol de género, ni apoyo
profesional para facilitarlo. Cuando decida operarse de Cirugía de
reconstrucción genital sólo se le pide el dinero y su
autorización firmada. Ningún control, ningún requisito, ninguna
verificación de las posibilidades de la persona para sobrevivir en la
nueva situación. No se suministra ninguna orientación al demandante,
ni tan siquiera el cirujano está obligado a garantizar que la persona
transexual sabe lo que representa la operación ni se asegura de que la
persona conoce todas las implicaciones y expectativas reales que se
derivaran de ella. Se trata, como puede verse, de un mercado libre donde
casi todo vale y donde puede suceder de todo, pero con una de las partes
totalmente maniatada por la necesidad de desarrollar su proceso.
Con este protocolo se pretende superar la situación
anterior de absentismo en el tratamiento de la transexualidad,
permitiendo facilitar en la medida máxima posible el desarrollo
personal y la calidad de vida de las personas implicadas.
EL PROTOCOLO SANITARIO
Los protocolos fijan el alcance, los requisitos
y plazos necesarios para acceder a cada estadio del proceso. De este
modo se fijan las condiciones que se deberán cumplir para someterse a
terapia hormonal y para acceder a intervenciones quirúrgicas. Desde
nuestra asociación, la petición principal se refiere a que los
tratamientos integrales a personas transexuales sean llevados a cabo
únicamente bajo el amparo y custodia del Servicio (______) de Salud y
en base a este protocolo y sus actualizaciones futuras. No solo
integrando como prestación a cargo de la seguridad social dicho
servicio y atención, sino además garantizando, que será realizado
exclusivamente por el, evitando de este modo y compensando, la
especulación medica privada y el abuso y la injusta persecución y
agresiones padecidas por las personas transexuales (_______________), a
lo largo de la historia.
Período de verificación y preparación.
Se trata de un período de verificación y
certificación psicológica que descarta situaciones diferentes a la
transexualidad, comprobando también la aptitud psicológica de la
persona solicitante. No tendrá una duración mínima, ni máxima
pudiendo convertirse en un estado permanente para quienes no quieran
someterse a tratamientos hormonales o quirúrgicos y elijan una
identidad aparente. Para quienes quieran proceder a la redefinición,
serán ellos mismos guiados por los terapeutas quienes decidan el
momento en el que ya están lo bastante preparados para afrontar el paso
siguiente del proceso, dentro de la unidad multidisciplinar que
garantizará los medios para poder llevarlo a cabo. En ambos casos
favorecerá la armonía en el proceso, velando por la integración
familiar, social y laboral, evitando y persiguiendo cualquier tipo de
discriminación. En caso de menores, habrá de sucederse un seguimiento
continuado por parte de educadores especializados y psicólogos/sexologos
que valoraran el entorno del menor y velaran por su desarrollo y el de
su entorno en las mejores condiciones, tanto en el ámbito familiar,
como educativo. Facilitando tanto la información como la protección de
los derechos del menor.
En este período debe hacerse entrega a la persona
candidata, del Libro Blanco de la Transexualidad (LBT) donde además de
información genérica sobre transexualidad se explicaran todos los
detalles del proceso que se está a punto de iniciar, se le informará
de todos los riesgos y consecuencias de la terapia, de su
irreversibilidad, de las operaciones de Cirugía de Reasignación Sexual
(CRS), (que abarcaran las cirugías tanto de reconstrucción genital,
como no genitales), de las expectativas del cambio de sexo social, etc.
Un psicólogo/sexologo deberá asegurarse de que la persona comprende
todo lo que se explica en el LBT. El paciente deberá firmar
explícitamente al final de este período que conoce, comprende y acepta
las consecuencias de las terapias que va a iniciar, explicadas en el LBT.
Las dificultades sociales durante la transición son
responsables de la renuncia voluntaria o del retraso por parte de muchas
personas transexuales, lo que genera una vida de sacrificio y
frustración. Para solucionarlo es primordial que se tomen las
medidas necesarias para evitar la exclusión familiar, social y laboral,
en el período en el que las personas transexuales son más vulnerables.
Para ello se deberá propiciar el trato adecuado a la identidad sexual
de la persona, desde el inicio de su transición; se crearán herramientas
activas de control frente a la discriminación, y medidas positivas de
inserción laboral; y se potenciarán los servicios de asistencia social
y de orientación familiar.
Se prestará especial importancia a las terapias de
adaptación a la vida real en el rol del sexo escogido, como un método
preparador para la vida futura. Concretamente, un psicoterapeuta
analizará la situación personal de cada paciente en los diferentes
ámbitos de su vida: familia, trabajo, amigos, etc., orientándolo y
facilitándole recursos de autoprotección y de facilitación de la
adaptación del entorno social a los cambios a los que se habrán de
enfrentar. También se abordará otros tratamientos no
quirúrgicos, transexualizadores como terapia de la voz en
mujeres, tratamientos estéticos, etc
Inicio del proceso transexualizador. La terapia
hormonal
La infancia y la adolescencia
Se trata de un período muy
difícil para el menor transexual que revela su condición
públicamente. Los psicoterapeutas deberán prestar especial
atención explicando las cosas adecuadamente tanto a los padres como
al menor.
Se precisa un
diagnóstico firme de transexualidad con su recomendación por
parte de dos psiquiatras para abordar la TH.
Que en este caso
concreto se ceñirá a la inhibición hormonal (inhibidores
LHRH) del desarrollo de los
caracteres sexuales
indeseables para el menor adolescente transexual. Queda
probado por la experiencia en países que han desarrollado estos
tratamientos, (Holanda) la conveniencia y eficacia de estos por
un lado, para el bienestar psicológico del menor transexual,
por otro a posteriori evitaremos:
En Mujeres transexuales;
la masculinización de su voz, el desarrollo de la nuez de Adán, la
masculinización de sus rasgos faciales (evitando rinoplastias y
cirugía maxilofacial), el crecimiento óseo masculino etc.
En hombres transexuales;
el desarrollo mamario (Ginecomastia) y la cirugía de reparación
consecuente, La menarquia, que causa un gran trastorno al menor
transexual. El ensanchamiento de las caderas, etc.
Y finalmente la perfecta
reversibilidad de estas terapias inhibidoras, sin mayores
consecuencias negativas en el posterior desarrollo de la persona tratada
cuya identidad sexual se descubra coincidente con su desarrollo
biológico inicial.
Para el inicio del proceso hormonal de reasignación:
Se precisa la mayoría de edad legal de la
persona solicitante, dependerá en exclusiva de la voluntad de la
persona interesada, que no deberá cumplir ninguna condición, ni
pasar por dictamen alguno para poder iniciarlo, salvo la valoración de
un psiquiatra presentando certificación firmada que excluya la
presencia de patologías que impidan la redefinición. Así como un psicólogo
/ sexólogo deberá presentar certificación de que la persona candidata
a la terapia hormonal (TH) ha cumplido satisfactoriamente el Período de
Verificación, comprende el contenido del LBT que se ha valorado
conjuntamente, certificando también que desde el criterio del
psicólogo / sexólogo, el candidato comprende el paso que está a punto
de realizar, sus implicaciones y expectativas reales y dispone de la
madurez suficiente para iniciar el proceso transexualizador:
Un endocrino suministrará de acuerdo con este
protocolo, la terapia hormonal adecuada para obtener el cambio
físico y morfológico hacia el sexo deseado bajo los principios de
máxima eficacia y mínimo riesgo para la salud, se deberá
garantizar que los niveles hormonales sean los correspondientes al
género adecuado. Ordenará también los controles médicos
necesarios en cada caso, que habrán de ser de por vida, cuando se
cumplan los requisitos de hormonación de sustitución, por perdida de
capacidad de producción hormonal gonadal.
Se proseguirá con las terapias de apoyo y
adaptación de la persona transexual a la vida que quiere empezar.
Terapia de la voz, terapia de adaptación a la vida real, tratamientos
estéticos, etc., y cuando se solicite, cirugías de redefinición
sexual.
Se realizará el seguimiento periódico, de control y
apoyo, de un psicólogo y/o de un psiquiatra. Si así se estima
oportuno.
Las Cirugías de Reasignación Sexual (Genital y de
pechos)
La cirugía de pechos se requiere:
la mayoría de edad
el visto bueno de un psiquiatra de acuerdo con los criterios de
este protocolo
la petición firmada de la persona demandante
Consiste en mamoplastias, en mujeres transexuales, no
siempre ni en todos los casos son necesarias estas cirugías, pues en
muchos casos el desarrollo mamario que se consigue con una adecuada
hormonación es suficiente para la satisfacción de la mujer transexual.
·
Por tanto para ellas se
requiere también 9 meses como mínimo de Terapia Hormonal.
Y masculinización del pecho (mastectomías
de corrección de ginecomastias),en transexuales masculinos (hombres
transexuales), podrá realizarse antes incluso de la TH si así se
estima procedente.
La Cirugía de reconstrucción genital
No tiene por que ser el fin obligado del proceso
transexualizador. Se autorizará bajo demanda de la persona interesada
que decide con libertad someterse o no a ella. Para recibir cirugía
de reconstrucción genital se requerirá:
La mayoría de edad.
El cambio de sexo legal realizado.
La realización del período transexualizador
previo durante un mínimo de 9 meses, en mujeres.
y un mínimo de 2 años en hombres, a los que
en el tiempo de espera para la cirugía se facilitará, alternativa
protésica genital. (Si no se hizo la histerectomía antes se
hará en este momento)
La petición expresa firmada de la persona
demandante.
El visto bueno de un psiquiatra y de un
psicólogo de acuerdo con los criterios de este protocolo
certificando que la persona transexual conoce el paso que va a dar y
está en condiciones de adaptarse a su nueva fisiología sexual.
Decisión, entre las técnicas existentes
de cirugía de reconstrucción genital (con resultados estéticos y
funcionales diferentes), Y La valoración de las limitaciones de la
técnica quirúrgica y posibles complicaciones
postoperatorias.
Además,
Este protocolo prevé el mantenimiento de una
estadística de operaciones realizadas de CRS, con detalle de
la técnica utilizada, las posibles complicaciones surgidas, el
resultado final tanto desde el punto de vista médico como desde
el punto de vista del paciente: confort, funcionalidad, estética,
etc.
Esta información estará a disposición,
manteniendo el anonimato de las personas objeto de la
estadística, para poder calibrar el nivel de eficacia de cada
equipo profesional con relación a las expectativas de cada uno,
así como para conocer las implicaciones de esta cirugía y
riesgos a corto y medio plazo.
La persona que va a recibir CRS debe poder
escoger entre diferentes médicos y equipos que la realicen
siempre dentro de las condiciones del protocolo. Se recomienda que
una futura Ley de Transexualidad declare ilegales las operaciones
de CRS realizadas al margen de este protocolo.
Situaciones ajenas al protocolo
·
Siempre
existirán situaciones personales que ajenas al protocolo se
adhieren al mismo en un punto que no se corresponde con el
inicial. Personas que realizaron su transformación antes de la
existencia del protocolo o que se han desarrollado al margen del
mismo.
·
El
criterio a seguir es que dichas personas se incorporen al
protocolo en el punto que por su proceso corresponda.
Requerimientos para Profesionales
Una formación adecuada, facilitada por la administración,
en tratamientos específicos a través de participación en foros
y congresos de intercambio de experiencia e información para
psicólogos, psiquiatras, educadores, trabajadores sociales y
endocrinólogos (ginecólogos, andrólogos ). Y formación,
facilitada por la administración, en técnicas quirúrgicas
especificas, con participación activa de los cirujanos en
intervenciones realizadas por los especialistas mundialmente
reconocidos por su experiencia
practica con los mejores resultados.
Desde la experiencia e información recabada por
nuestra asociación, nos atrevemos a indicar, las técnicas
quirúrgicas mas avanzadas de la actualidad, que ofrecen menos riesgos
y menos complicaciones post operatorias y por tanto las recomendadas a
estudiar y poner en practica en la formación de cirujanos
especializados, que habrán de trabajar en las unidades
interdisciplinares que se han de crear, estas son:
Reconstrucción genital femenina (vaginoplastia):
DR. Sanguan Kunaporn,
Phuket Plastic Surgery Clinic is
located at
371/81 Yaowaraj road, Muang, Phuket, 83000, Thailand
Ante los insatisfactorios y precarios resultados de
las cirugías de reconstrucción genital masculina
,
nuestra recomendación, mientras las técnicas no avancen, es el desarrollo
de alternativas protésicas, desde una unidad habilitada para ello, que
pueda dar al transexual masculino la seguridad y apariencia genital
adecuada, mientras se desarrollan soluciones definitivas de calidad, sin
interferencias en su salud. De todos modos avanzamos las técnicas