ILOTA LEDO


 Grupo de Transexuales, Amigos y Familiares

Actualizado el 30 de Diciembre de 2007


Nuevo mail: ilotaledo@terra.es 

 

Colectivo Transexuales de Cataluña tampoco ve positivo el acuerdo Sanidad para Trans

 

Los medios se hacen eco de que la Comisión Interterritorial que decide las prestaciones con cargo a la Seguridad Social de las Comunidades Autónomas y del conjunto de España han decidido no incluir el gasto sanitario de la transexualidad y en cambio han optado por promover unos "centros de referencia" por si alguna comunidad decide otra cosa y quiere, pagándolo ella, derivar sus casos.

Nota del Colectivo de Transexuales de Cataluña-.
El resumen es: no se incluirá la atención médica transexual ni las cirugías transexualizadoras en el catálogo de prestaciones gratuitas de la Seguridad Social.

Atrás quedaron las promesas, olvidadas, de unos y otros. Atrás quedó el reconocimiento explícito, eso sí ante los y las representantes del movimiento transexual, de que no había ninguna base razonable para esa exclusión salvo el regodearse en la transfobia social y no querer enfrentarse a la discriminación del colectivo (los derechos humanos y la no discriminación no valen unos pocos votos..., piensan).....

Pues bien, luego se preguntarán por qué tenemos esa lamentable opinión que tenemos de ellos, de los que mandan. ¿Acaso puede extrañar?

¿Por qué la clase política insulta a la comunidad transexual? Evidentemente porque piensan que utilizar la transfobia puede reportarles algún voto. De modo parecido a como otros utilizan el odio xenófobo y racista español contra Catalunya y los catalanes, por si ello les reporta algún beneficio político...

Marina Geli que había afirmado a una servidora, y en presencia de otros testigos, hace ya unos años, que no veía ningún motivo razonable, y desde luego no económico, para no asumir las operaciones de cambio de sexo, ahora dice que antes de 2009 no podrá ser porque primero debemos asegurar la atención bucal de los niños... Si ella sabe y ha dicho que eso no es lógico, ¿por qué lo suelta ahora?.

Incluso en la idea de no ceder a la razón, ¿No podía decir simplemente que "se está estudiado el tema" o "consideramos dicho tratamiento con otros también prioritarios", etc.? ¿Por qué escupir sobre sus anteriores palabras y sobre las promesas electorales de su partido?: TRANSFOBIA

Piensan que meterse con los débiles es rentable. Que no vale la pena recibir la crítica de los carcamales por una cosa justa si no se va a rentabilizar en votos...

Para quienes creyeron en el PSOE o el PSC, una decepción, una triste decepción.

Para quienes creyeron en la honestidad de la consellera de sanitat, un fiasco. La política, su día a día corrompen y al final nada distingue, por lo que parece, a unos de otros. Acaban siendo todos simples gestores y punto.

¿Y IU, ICV-EUa? ¿y ERC? Me supongo que efectuarán alguna declaración de apoyo a la causa transexual y ya está. La transexualidad no es un tema crucial que suponga compromiso a tener en cuenta cara a sus pactos. Al fin y al cabo otro tanto sucede con otras cosas que ellos consideran más importantes que nosotras... Si tuviéramos más votos sería otra cosa... La pregunta es: ¿cuantos votos más se necesitan para no secundar un gobierno que sostiene esas teorías y declaraciones racistas y transfóbicas?

¿Qué se necesita para criticar a alguien que afirmara que antes de dar tratamiento a negros y gitanos queda el tratamiento bucal de los niños que es más importante?

No se puede creer en un gobierno, ni en los partidos que lo sustentan, cualquiera de los que da estabilidad tanto al gobierno de España como al nuestro de Catalunya, que mantienen actitudes transfóbicas de tan desagradable calado.

No les negaremos méritos y valentía, ni siquiera que en su labor de gobierno efectúen tareas positivas (es un decir), pero hasta aquí hemos llegado. O rectifican el discurso/insulto de Marina Geli y las chanzas del gobierno de Madrid o habrán perdido toda su credibilidad.

Es la realidad. La credibilidad cuesta de ganar pero se pierde fácil. En este caso incluso diría que "las izquierdas" están requemando la escasa credibilidad de que aún puedan gozar en la comunidad GLBT.

Desde aquí y en nombre propio, del colectivo de transexuales de Catalunya y del conjunto de la Comunidad Transexual me permito pedir al gobierno una rectificación de su política transexual y una disculpa por las declaraciones/insulto del tipo de las proferidas por la consellera de sanitat Marina Geli. No son de recibo.

Natalia Parés Vives
Presidenta del CTC
Colectivo de Transexuales de Cataluña
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 “Crónica de acuerdo político insuficiente” Transexualia detalla carencias sanitarias a trans

 

La Asociación de Transexuales de España, AET-Transexualia, detalla en un amplio informe los avances legislativos y las carencias del acuerdo sanitario hacia hombres y mujeres transexuales, aprobado recientemente por el Consejo Interterritorial de Salud con el Ministerio de Sanidad. AET-Transexualia es el primer colectivo transexual que se creó en España, fundado en 1987, ante la grave situación de desprotección en que se encontraban las personas transexuales, mayormente por el acoso policial que sufrían. El trabajo realizado a lo largo de estas dos ultimas décadas, avalan su prestigio y capacidad.  

Este jueves 20 de diciembre, los diputados han celebrado el último Pleno del año y de la presente Legislatura. Las elecciones generales se celebraran el próximo mes de marzo.

“Crónica de un acuerdo político insuficiente”

Informe de la Junta Directiva de Transexualia-. El 12/12/2007 se reunió en Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS), órgano consultivo donde están representados el Ministerio de Sanidad y Consumo y las Consejerías de Sanidad de las CCAA, para abordar, entre otras cuestiones, la designación de Unidades, Centros o servicios de referencia para la atención sanitaria pública de la transexualidad, con independencia del lugar de residencia. 

Mª Ángeles Amador

Antecedentes históricos de nuestra reivindicación sanitaria 

La demanda histórica del colectivo transexual de la cobertura sanitaria pública del tratamiento clínico integral de reasignación de sexo viene de muy lejos. En 1991 la entonces Ministra de Sanidad, Mª Ángeles Amador, recibió esta petición, que no sería atendida por parte del Gobierno con los argumentos tan peregrinos como lamentables a los que ya está acostumbrado a escuchar el movimiento asociativo transexual cuando dialoga frecuentemente con las instituciones públicas y los partidos políticos (los prejuicios sociales sobre la realidad transexual alcanzan, en menor o mayor grado, a todo el espectro parlamentario, aunque la izquierda política y social siempre haya puesto más énfasis en recoger las aspiraciones de igualdad y emancipación de las minorías sexuales, incorporándolas a sus respectivos proyectos políticos); en 1995 se excluyó expresamente del catálogo general de prestaciones sanitarias del SNS  la “cirugía de cambio de sexo, salvo en los estados de intersexualidad patológica”; en 1999 el Congreso de los Diputados aprueba una resolución (a instancias de una proposición no de ley presentada por IU) que insta al Gobierno de la Nación a estudiar la posible inclusión de esta prestación sanitaria en la sanidad pública y, ese mismo año, la Junta de Andalucía, en el marco de sus competencias y en cumplimiento de una resolución aprobada por el Parlamento andaluz, incluye el tratamiento clínico de reasignación de sexo en el Servicio Andaluz de Salud (SAS), mediante la creación de una Unidad de Identidad de Género en el Hospital Carlos Haya (Málaga), que entraría en funcionamiento en 2000.  

El 09/04/2002 la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias del Instituto de Salud Carlos III, órgano de asesoramiento científico técnico del Ministerio de Sanidad y Consumo (MSC),  presentó a la Subcomisión de Prestaciones del citado departamento ministerial un informe científico-técnico sobre trastornos de identidad de género (con atención especial a la cirugía de reasignación de sexo) que concluía con un dictamen favorable a la inclusión del tratamiento clínico integral de reasignación de sexo en el catálogo general de prestaciones sanitarias del SNS. A pesar de este dictamen favorable, por aquel entonces sólo dos CCAA se mostraron favorables a la inclusión de esta prestación, Andalucía y Extremadura (que desde 2002 deriva a sus pacientes transexuales al Hospital Carlos Haya de Málaga); tres se abstuvieron y el resto votó en contra. 

¿Qué es el tratamiento clínico integral de reasignación de sexo? 

El tratamiento clínico integral de reasignación de sexo es un conjunto de procedimientos definidos desde la psicología y la medicina para que la persona transexual pueda adecuar los caracteres sexuales secundarios y primarios –según cada caso- a su identidad de género o sexo psico-social. Este tratamiento abarca procedimientos tan diversos como la asistencia psicoterapéutica en la fase de diagnóstico de la transexualidad (que debe también incidir en la construcción de mecanismos de auto-apoyo para confrontar el rechazo del entorno social y familiar o la discriminación socio-laboral; la sexualidad y las relaciones afectivo-sexuales, etc.);  las terapias hormonales sustitutivas para adecuar el sexo anatómico a la propia identidad de género, con un seguimiento y control endocrinológico de carácter periódico; las prestaciones complementarias necesarias según los casos (logopedia para modular la voz de mujeres transexuales, dermatología para la depilación del vello facial y/o corporal en mujeres transexuales,…); y, por último, las diversas intervenciones plástico-quirúrgicas características del proceso de reasignación de sexo, según cada caso concreto y dependiendo siempre de la voluntad de la persona: en mujeres transexuales, las intervenciones más comunes serían la mamoplastia (implante de mamas) y la vaginoplastia y clitoroplastia (creación de una neo-vagina); en el caso de los hombres transexuales, las intervenciones más comunes serían la mastectomía (o extirpación de las mamas para crear un contorno pectoral masculino) y la histerectomía y ovariectomía (extirpación de útero y ovarios), siendo las que afectan a la genitalidad de los hombres transexuales las menos frecuentes, por el riesgo que conllevan y la incertidumbre ante su posible disfuncionalidad como órgano de placer sexual (metaoidoioplastia, o creación de un micro-pene a partir del clítoris; y faloplastia, mediante el implante de un pene con tejidos extraídos del antebrazo). 

Por tanto, este tratamiento no consiste únicamente en la cirugía de reasignación de sexo (vaginoplastia y clitoroplastia para mujeres transexuales; metaidoioplastia o faloplastia para hombres transexuales) y, en una gran parte de los casos, ni siquiera constituye la parte esencial de un proceso de reasignación de sexo, en el que sobre todo debería tenerse en cuenta el grado de satisfacción de la persona transexual al desarrollar sus experiencias vitales conforme a su propia identidad de género (una cuestión que va mucho más allá de las simples imágenes corporales –siempre estereotipadas por los roles de género y los parámetros estéticos de nuestro entorno cultural- y de la propia genitalidad).  

De ahí que la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas (más conocida como Ley de Identidad de Género), prevea en su articulado el derecho de las personas transexuales a la rectificación registral de la mención de sexo (y, en consecuencia, del nombre) sin necesidad de haberse sometido previamente a la cirugía de reasignación sexual. Ésta era una demanda esencial por parte del colectivo transexual porque, a pesar de los avances científico-técnicos en la materia, todavía existe un elevado grado de incertidumbre –lógica por parte de cualquier paciente- sobre los resultados prácticos de una cirugía de reasignación de sexo –tanto por los riesgos y contraindicaciones que conllevan este tipo de intervenciones y que siempre deben ser asumidos en el consentimiento informado que suscribe el/la paciente, como por las dudas previas sobre la funcionalidad o no del nuevo órgano génito-urinario y, en especial, sobre la sensibilidad erótica del mismo.

Programa electoral PSOE 2004

Avances en las últimas legislaturas (autonómica y estatal) 

El Programa Electoral del PSOE a las Elecciones Generales de 14/03/2004 recogía dos reivindicaciones del movimiento asociativo transexual en su apartado de Derechos Civiles, que decían textualmente:

         “Regularemos, mediante un procedimiento que establezca las garantías necesarias, el derecho de los transexuales a la rectificación registral de sexo”.

         “El diagnóstico de la transexualidad y su tratamiento médico y quirúrgico se incorporarán al catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud”. 

Obviamente, el primer punto se cumplió con la aprobación por parte de las Cortes Generales de la Ley 3/2007, de 15 de marzo (BOE de 16/03/2007). Y lo más destacable del proceso legislativo de esta norma ha sido la participación directa del movimiento asociativo implicado (tanto la FELGTB como las asociaciones no integradas en dicha Federación) en su elaboración, tanto en la negociación previa de los contenidos del anteproyecto de ley con la Dirección General de Registros y Notariado y con el PSOE (representado por el equipo que conforma la Secretaría de Movimientos Sociales y Relaciones con las ONG´s, con Pedro Zerolo en primera línea), como en el debate parlamentario sobre las enmiendas al proyecto (con una gran implicación, compromiso y complicidad por parte de los Grupos Parlamentarios de IU-ICV y ERC, y la contribución no menos destacable de los nacionalismos democráticos, representados por CiU, PNV, EA, BNG, Nafarroa Bai, Chunta Aragonesista, etc., y que son tan injustamente denostados en nuestro sistema político). Por ello, nuestra posición global sobre esta normativa es satisfactoria, a pesar de que todavía se podrían emprender futuras modificaciones para incluir a otros colectivos que quedaron excluidos –muy a nuestro pesar- de la norma aprobada el 01/03/2007 (cual es el caso de las personas transexuales extranjeras no comunitarias residentes en España).

Video "Es nuestra Memoria". Publicado por esta Web en el Orgullo GLTB de este año 2007

Asimismo, es de justicia reconocer que el impulso para que el proyecto de ley se presentara en 2006 (sin más dilaciones) y su elaboración democrática y participativa –recogiendo gran parte de las propuestas concretas del movimiento asociativo- guardan una estrecha relación de causa-efecto con el proceso de movilización ciudadana emprendida por varias compañeras, tras el anuncio de convocatoria de huelga de hambre que lanzó Carla Antonelli. Hoy por hoy y mirando con retrospectiva, nos atrevemos a decir abiertamente que ese impulso probablemente fue decisivo para cambiar de forma sustancial el curso de los acontecimientos: se consiguió evitar mayores demoras en la presentación del anteproyecto de ley en Consejo de Ministros (siempre aplazado por circunstancias ajenas a nuestra realidad social) y, por otro lado, inoculó en el partido gobernante el antídoto necesario para evitar cualquier veleidad de despotismo ilustrado en la elaboración de los contenidos de la futura ley, abriéndose un proceso de diálogo entre el PSOE y el conjunto del movimiento asociativo, con carácter previo a la presentación del anteproyecto de ley en el Consejo de Ministros. 

En cuanto al segundo punto del Programa Electoral, AET-Transexualia ha de manifestar, con toda sinceridad, que desde un principio percibió un notable desinterés por parte del Ministerio de Sanidad y Consumo. El 27/04/2004 se celebró una primera reunión con el entonces Secretario General de Sanidad, Fernando Lamata, con un resultado inicialmente satisfactorio –del que se dejó constancia en la nota de prensa posterior- y, acto seguido, llegó a los medios de comunicación la versión de la Ministra de Sanidad, Elena Salgado, cuestionando nuestra valoración inicial por entender que era “muy optimista”. A partir de ahí empezó lo que no se puede catalogar de otro modo que un desencuentro crónico y persistente con este Ministerio a la hora de abordar nuestra reivindicación sanitaria. 

Durante los dos primeros años de esta legislatura que ahora entra en su recta final (concretamente, desde 2004 hasta septiembre de 2006) se estaba debatiendo en el Consejo Interterritorial de Salud la elaboración del nuevo catálogo general de prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud –aprobado en septiembre de 2006 mediante el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de Servicios Comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización-, que vendría a sustituir al antiguo catálogo, en vigor desde 1995 (Real Decreto 63/1995, de 20 de enero, sobre Ordenación de Prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud). 

En el primer semestre de 2005 se celebraron otras dos reuniones entre la FELGTB y el MSC –en concreto, con la Dirección General de Cohesión del SNS y Alta Inspección-, de las que surgió un tímido compromiso institucional: configurar una mesa de expertos para abordar esta cuestión, alegando que los informes existentes hasta la fecha no aportaban suficientes datos (opinión muy ligera de la que seguimos discrepando). Tras recabar la información de numerosos profesionales sanitarios que atienden la transexualidad en el Estado español, en AET-Transexualia nos consta que nunca se llegó a constituir esa mesa de expertos. Otro compromiso más en el baúl de promesas incumplidas.  

Y en septiembre de 2006, coincidiendo con el inicio del trámite parlamentario del proyecto de ley reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, llegó la aprobación del nuevo catálogo de prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud y, con él, otra decepción más en nuestro haber: el tratamiento clínico integral de reasignación de sexo no se había incorporado a la cartera de servicios comunes del SNS. A lo sumo, el único consenso alcanzado en esta materia entre Ministerio y Consejerías de Sanidad de CCAA consistió en retirar aquella mención expresa a la exclusión de “la cirugía de cambio de sexo”  que figuraba en el catálogo general de prestaciones sanitarias de 1995. Otro tímido avance legal que no conseguía atender, con plenitud, las necesidades socio-sanitarias del colectivo transexual y que, a efectos legales, consolidaba lo que ya venían ejerciendo en la práctica muchas Consejerías de Sanidad desde 2005, al amparo de las propias competencias asumidas por parte de las CCAA en materia de gestión sanitaria: la inclusión del tratamiento clínico integral de reasignación de sexo en sus propios catálogos de prestaciones  complementarias, atendiendo la transexualidad desde sus respectivos sistemas públicos de salud y con cargo a los presupuestos autonómicos. 

Monica Martin y Rebeca Rullan, reportaje de El País tras que la Comunidad de Madrid creara la Unidad de Genero

En este aspecto, fueron varias las CCAA que incluyeron –de forma parcial o en su totalidad- el tratamiento clínico de reasignación de sexo desde 2005, sumándose a la senda iniciada por la Junta de Andalucía en 1999: Aragón (septiembre de 2005), Catalunya (en 2005, aunque sólo en las fases de asistencia psicológica y endocrinológica de la transexualidad), Asturias (marzo de 2007) y Madrid (mayo de 2007). Caso paradigmático fue el de Madrid, al tratarse de la primera Comunidad Autónoma gobernada por el Partido Popular (PP) que decidía incluir la atención socio-sanitaria de la transexualidad en el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS), decisión que tuvo su origen en una resolución aprobada por unanimidad en la Asamblea de Madrid el 01/06/2006, a instancias de dos proposiciones No de Ley (la primera del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida y la segunda presentada por el PP). La vertebración territorial del movimiento asociativo LGTB en todas las CCAA ha sido un factor esencial en la consecución de todos estos avances sanitarios en el ámbito autonómico, porque la mayor parte de los logros alcanzados en esta materia ha contado con la participación activa y decisiva de las asociaciones de transexuales y LGTB implantadas en sus respectivos ámbitos territoriales. 

Tras el paréntesis lógico que supuso la tramitación parlamentaria del proyecto de ley reguladora de la rectificación registral de sexo, al concentrarse todos los esfuerzos asociativos a nivel estatal en la aprobación de esta norma, en abril de 2007 varias asociaciones (integradas o no en la FELGTB) coincidimos en la necesidad de retomar las conversaciones con el MSC –interrumpidas en 2005- para abordar la inclusión del tratamiento clínico integral de reasignación de sexo en la cartera de servicios comunes del SNS. De ahí surgieron nuevos acuerdos concretos de colaboración entre asociaciones de transexuales y LGTB –plasmados en la constitución de la Plataforma por la Inclusión de los Derechos Sanitarios de las Personas Transexuales en el Sistema Nacional de Salud (PDST)- y algunos desencuentros amargos con otras organizaciones, que tuvieron su origen tanto en las discrepancias –siempre legítimas- sobre el alcance y  desarrollo concretos de esta prestación sanitaria, como en los métodos adoptados para configurar la delegación institucional que debía acudir a una reunión con un organismo público (poco respetuosa con los principios de democracia interna de las asociaciones, por mucho que se intentase dotar a esta decisión de una supuesta legitimidad democrática a posteriori, mediante la ratificación de la misma por parte del máximo órgano entre congresos). 

El 07/06/2007 varias asociaciones presentan su escrito de petición de reunión con el MSC. Una reunión que, tras variados contratiempos (entre ellos, la suspensión de la reunión inicialmente prevista para el 04/09/2007), se celebra con desunión por parte del movimiento asociativo: el 25/09/2007 con la FELGTB y el 26/09/2007 con la PDST. Respecto a las propuestas planteadas por el movimiento asociativo, AET-Transexualia se remite a todos los documentos que presentó por escrito en el Registro del MSC el 24/08/2007 y el 03/09/2007 (muchos de ellos coinciden con las mismas propuestas que en 2004 presentaron diversas asociaciones, tanto la FELGTB como otras asociaciones no integradas en dicha Federación).  

De esas dos reuniones del MSC con el movimiento asociativo surge la propuesta del nuevo departamento ministerial (tras el nombramiento de Bernat Soria como Ministro del ramo): la asignación de uno o varios centros de referencia estatal en el Sistema Nacional de Salud para atender la transexualidad, con cargo al Fondo de Cohesión Sanitaria. Según dispone el Real Decreto 1302/2006, de 10 de noviembre, el objeto de estos servicios o centros de referencia “es garantizar la equidad en el acceso a una atención sanitaria de calidad, segura y eficiente a las personas con patologías que, por sus características, precisan de cuidados de elevado nivel de especialización que requieren concentrar los casos a tratar en un número reducido de centros”. 

El 12/12/2007 se celebra la última reunión (tanto del año en curso como de la presente legislatura) del Consejo Interterritorial del SNS, en el que se ha acordado asignar uno o varios centros, Unidades o servicios de referencia para el tratamiento clínico de reasignación de sexo, atendiendo a los criterios establecidos por un grupo de expertos en cirugía plástica, endocrinología, psiquiatría y psicología y estudiando los requisitos humanos, formativos, de experiencia y técnicos necesarios. Posteriormente, el Comité de Designación de centros, servicios y unidades de referencia evaluará las solicitudes recibidas y, siguiendo los criterios acordados para su designación, cursará traslado de su propuesta al Ministerio, que se encargará de acreditarlos a través de la Agencia de Calidad del SNS.  

Motivos de nuestra discrepancia con la propuesta del Ministerio de Sanidad 

            Si, aparentemente, todo parece tan perfecto y los medios de comunicación nos informan del “cambio de sexo gratis” (como si las prestaciones sanitarias no fueran financiadas por el conjunto de la ciudadanía a través de su sistema fiscal –cada vez menos progresivo gracias las políticas económicas basadas en la disminución de los impuestos directos sobre las rentas más altas- y de las cotizaciones a la Seguridad Social), ¿cómo es posible que una asociación con esta trayectoria histórica discrepe con una propuesta formulada por un gobierno progresista que pretende garantizar la igualdad en el acceso a nuestra prestación sanitaria en el conjunto del territorio estatal, independientemente del lugar de residencia? 

            Por varias razones que vamos a detallar: 

1.         En primer lugar, el MSC perdió una gran oportunidad durante los dos primeros años de legislatura para trasladar al Consejo Interterritorial del SNS la propuesta de inclusión del tratamiento clínico integral de reasignación de sexo en el catálogo general de prestaciones sanitarias del SNS, justo en el momento preciso en el que se estaba debatiendo la nueva cartera de servicios comunes.

2.         En segundo lugar, este sistema de centros o unidades de referencia no incorpora expresamente nuestras necesidades sanitarias al catálogo general de prestaciones sanitarias del SNS, con pleno derecho. Este sistema se ciñe a la designación de centros, servicios o unidades de referencia estatal para atender una determinada patología, durante un período máximo de cinco años y con posibilidad de renovación. Por tanto, aún constituyendo un avance respecto a la situación anterior, no es menos cierto que este logro es claramente insatisfactorio, porque en cualquier momento puede revocarse la designación del centro, servicio o unidad de referencia, si ésta deja de cumplir alguno de los criterios en función de los cuales se le designó.

3.         Por otro lado, su sistema de financiación, con cargo al Fondo de Cohesión Sanitaria, es motivo de discrepancia entre CCAA, porque a través del citado Fondo se financia sólo el 80% de la prestación sanitaria de los pacientes derivados desde cualquier Comunidad Autónoma al centro de referencia acreditado. ¿Qué quiere decir? Poniendo un ejemplo hipotético con la Unidad de Trastornos de Identidad de Género el Hospital Carlos Haya (Málaga), si ésta fuera acreditada como centro de referencia, el Fondo de Cohesión Sanitaria compensaría al Servicio Andaluz de Salud con el 80% del coste de los tratamientos prestados a cada paciente derivado de cualquier otra Comunidad Autónoma, pero el SAS debería seguir abonando el coste de sus pacientes residentes en Andalucía. Primer desequilibrio económico: la Comunidad Autónoma debe seguir financiando a sus propios pacientes (los que residen en su ámbito territorial), con cargo a sus presupuestos. Y ese quizás debe ser el motivo esencial por el que Marina Geli, Consellera de Salut de la Generalitat de Catalunya, haya descartado recientemente su compromiso inicial de incluir las cirugías de reasignación de sexo en el Server Català de Salut para el 2008, alegando la existencia de otras prioridades, como la atención bucodental en la infancia. Teniendo en perspectiva la designación de centros de referencia estatal, ¿para qué va a hacer Catalunya un esfuerzo inversor en esta materia, si puede derivar a sus pacientes a otra Comunidad Autónoma?

4.         De hecho, tampoco está muy claro que la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad de Madrid vaya a solicitar la designación de la Unidad de Identidad de Género recién creada en el SERMAS como unidad de referencia estatal. Y la Unidad de Asturias, creada en marzo de 2007, carece hoy por hoy de especialistas para atender las cirugías de reasignación de sexo, por lo que no cumpliría uno de los requisitos esenciales para optar a constituirse como unidad de referencia estatal.

5.         En definitiva, ¿qué nos queda de la generosa propuesta del Ministerio de Sanidad y Consumo, acordada en el Consejo Interterritorial del SNS sin la presencia de los consejeros de sanidad de las CCAA gobernadas por el PP?: el Hospital Carlos Haya de Málaga como única alternativa creíble para postularse en este momento como centro, unidad o servicio de referencia estatal para atender la transexualidad. Tan certera es esta posibilidad que, de hecho, la Junta de Andalucía ha sido la única Comunidad Autónoma que ya ha dado a conocer su opinión en la materia, por boca de su Consejera de Salud, Mª Jesús Montero, quien ya ha señalado en la prensa que “no me cabe la menor duda de que el Carlos Haya será una de las unidades acreditadas para recibir a estos pacientes.” Precisamente estamos hablando de una Unidad que ya de por sí se encuentra colapsada de pacientes desde hace varios años –posiblemente debido a serias carencias económicas de orden presupuestario- y con una considerable lista de espera. Nos consta también, por informaciones de los usuarios de la misma, que el servicio de cirugías de reasignación de sexo lleva paralizado varios meses debido a la excedencia de uno de los cirujanos del equipo profesional. ¿Ésta es la forma que tiene el Ministerio de Sanidad de atender nuestras necesidades? ¿Es ésta la consideración que merecemos las personas transexuales por parte de las autoridades sanitarias?

6.         Y he aquí precisamente el riesgo que ciertas asociaciones queríamos evitar: si bien las cirugías de reasignación de sexo, por su elevada complejidad, especialización y cualificación científico-técnica, requieren de la concentración de los recursos disponibles en unas pocas unidades de referencia estatal, el resto de los procedimientos previstos para atender el tratamiento clínico integral de reasignación de sexo (atención psicológica en la fase de diagnóstico de la transexualidad, controles endocrinológicos de las terapias hormonales sustitutivas, etc.) necesita, por su carácter periódico en el tiempo, de la cercanía y la proximidad geográfica para garantizar el adecuado seguimiento de cada paciente. ¿Por qué? Porque lo contrario sólo conduce al abandono voluntario del tratamiento médico reglado por parte del paciente (con los consiguientes riesgos derivados de la auto-administración de hormonas) e incentiva –indirectamente- la búsqueda de las intervenciones médico-quirúrgicas a través de los recursos ya disponibles en la sanidad privada. Aunque se abonaran los costes derivados de los desplazamientos entre CCAA a los pacientes, ¿alguien es consciente de lo que supone acudir, durante un mínimo de cuatro visitas anuales, a una Unidad de Identidad de Género situada a cientos de kilómetros para recibir, durante un período de –al menos- dos años, la asistencia psicológica y endocrinológica? ¿Alguien es consciente de sus repercusiones en un entorno laboral dominado por la precariedad en el empleo, con la consiguiente pérdida de facto de derechos sociales –aunque éstos estén reconocidos por la legislación laboral y la negociación colectiva? Si en muchas empresas se despide impunemente a trabajadores en situación de Incapacidad Temporal por enfermedad común (porque esta situación está permitida en nuestra legislación laboral, merced a  las continuas políticas de desregulación en el mundo del trabajo) y hasta se llega en ocasiones al extremo de despedir a mujeres embarazadas (aún tratándose de un despido nulo que conlleva la inmediata readmisión de la trabajadora tras dictarse sentencia en la primera instancia del orden jurisdiccional de lo social), ¿qué puede ocurrir cuando una persona transexual tenga que afrontar cuatro –o más- visitas médicas anuales a larga distancia, que impliquen una ausencia del centro de trabajo durante varios días al año (tantos como visitas haya que realizar)? Ante tanto nivel de complicación burocrática para sus vidas cotidianas, muchas personas transexuales optarán por buscar una vía alternativa más práctica, que no siempre será la más adecuada para su salud.

7.         Por eso AET-Transexualia propuso desde un primer momento que las primeras fases del proceso de reasignación de sexo (todas aquellas en las que no interviene la especialidad quirúrgica) fueran atendidas en unidades creadas a tal efecto en cada Comunidad Autónoma y, en consecuencia, la concentración de recursos económicos, técnicos y humanos propia de los centros, servicios o unidades de referencia se destinara, única y exclusivamente, a atender las intervenciones plástico-quirúrgicas propias del proceso de reasignación de sexo. 

En virtud de lo expuesto anteriormente, consideramos que el principio de acuerdo adoptado el 12/12/2007 en el Consejo Interterritorial del SNS es claramente insuficiente para atender las necesidades socio-sanitarias de las personas transexuales en el conjunto del territorio del Estado español y, por ende, manifiestamente mejorable. Y en ello va a seguir trabajando AET-Transexualia. 

Una promesa electoral puede incumplirse, abordarse en su integridad o cerrarse en falso. En este caso, entendemos que la propuesta del Ministerio zanja de mala manera un problema mediante la adopción de una solución organizativa de los recursos –la de los centros de referencia- que no tiene en cuenta las necesidades sanitarias reales de la población a la que se pretende atender, sin haber previsto y estudiado de antemano otras posibilidades –tan realistas como la recientemente aprobada- para incorporar esta prestación al Sistema Nacional de Salud, que no hubieran supuesto un mayor coste para el erario público, pero sí una mejor calidad en el servicio sanitario de la transexualidad.  

En Madrid, a 20 de diciembre de 2007. Junta Directiva de AET-Transexualia.

 

 

    

 

 

 

 

jueves 24 de mayo de 2007

AMAIA / AIMAR

 

Información facilitada por EHGAM

Canción, escúchala pinhando aqui: "Hegoak ebaki baniskio" MIKEL LABOA
 
Transfobiak hiltzen du!!


 


Aimar2007
Uploaded by ibanobich

 
En abril en una plaza de Hernani le hicieron un funeral civil a Amaia-Aimar ELOSEGI ANSA, hernanitarra muerto el lunes. En los actos tomaron parte dantzaris y bertsolaris, así como sus amigos y los amigos de sus hermanos.
Los amigos de sus hermanos leyeron un escrito expresando la lucha que había llevado en su vida y en la crónica manifestaron lo que querían: Aunque en torno a la identidad de sexo algunos "tabús" se han superado, por ahora existen otros tantos en el tema de transexualidad y es necesario lograr superarlos. Reconocieron el valor y la honestidad del joven, y "cuando dentro de unos años se supere ese tabú, en nuestro pueblo le recordaremos como un pionero", dijeron: que lo recordaremos. En el acto sus amigos y conocidos apoyaron a la familia.




Hola Amaia, perdona Aimar
"día 23 de este mes fue triste. El cielo encapotado, nubes oscuras amedrentadoras al salir de casa...Señal de que algo malo iba a pasar.
Por la mañana muy pronto, cuando salía, en el camino hacia la Caja, en las esquinas de la Plaza Nueva pusieron esquelas cuadraditas. Jamás miro hacia allí porque no me gusta, pero ese día tenía una premonición o algo de ese estilo. Me quedé parado, miré y de repente y vi una cara de un joven conocido, me acerco y se me saltaron las lágrimas.
Hacía unos años que nos conocíamos y estuvimos juntos en el Instituto. Aunque tenía una mirada seria, siempre tenía una sonrisa en los labios. Nos llevábamos bien y eso no es siempre fácil que suceda entre alumno y profesor (menos en aquella edad).
Tengo que decir la verdad, hacía tiempo que no le había visto y al verle me di cuenta de que no tenía buen color. Así que se me quedó una espina en el corazón para siempre.
¿A caso hice todo lo que pude en su momento para explicar en su momento todo lo que quiere decir la palabra "LIBERTAD"?
Alguno contestará que no tenía que explicarle a Aimar, qué era la libertad, sino hacérselo saber a la sociedad, ¡Eso es!
Desafortunadamente," opción sexual", "identidad de sexo" y conceptos de ese tipo ahora son muy actuales, son conocimientos nuevos.
Muchas veces las leyes los aceptan como si la sociedad los tuviera asumidos, pero la sociedad va mucho más retrasada que la Ley. Tenemos un largo camino.
En el homenaje su familia dio la noticia de su lucha. ¡Felicidades! a su familia (no hubo una respuesta ágil para satisfacer sus demandas con el panorama de sociedad que tenemos).
Tú intentaste practicar esa libertad pero has chocado contra una sociedad estrecha, cerrada y llena de gente ruin.
Te doy mi palabra de que seguiremos con tu lucha."
Jone Egaña


Homenaje a Amaia-Aimar
"No conociéndote personalmente, tus allegados, conocidos y amigos mediante sus sentimientos me acercaron a tí. Nos reunimos en el velatorio. Tu cuerpo fallecido,
sin respiración¿"mientras yo...vivo?
Ciertamente lo siento en mi fuero interno. La belleza de tu cara reflejaba: frescura, dignidad, luz y amor. Tras hablar con tus padres he sentido libertad a flor de piel, aunque fuera la libertad un logro de tu vida, aún y todo, tu libertad interior, tu manera de vivir, tus caminos para enfocar tus problemas y moldes que nos impone la sociedad, sin hacer caso de las habladurías del entorno, siguiendo tu propia luz interior. A la muerte también le diste la cara con libertad y la libertad conlleva la dignidad.
Los que defendemos el derecho a morir con dignidad nos basamos en el derecho a la libertad personal.
Sin duda has muerto con dignidad aunque tu idea era hacer otra cosa. ¿Y qué? Cualquier tipo de muerte cuando se hace libremente, es digna, y "jugar" con libertad es "jugar" mediante la dignidad.
El amor te ha acompañado durante toda tu vida. Tus padres, tus familiares, tus amigos, todos te han querido y en el último momento de tu vida también has tenido todo su amor.
¿Pero qué cosa más bella, que morir rodeado de libertad y amor?

En la Plaza de Hernani a última hora de la tarde te brindaron un homenaje o funeral civil, totalmente laico. Quiero decirte que seguramente fue como tú lo hubieras deseado. Los que estábamos a las siete y media en punto reunidos notamos un silencio profundo entre nosotros. No por evitar ruidos, sino principalmente por la profundidad que tiene el silencio. Silencio lleno de emoción y sentimiento.
Entre el llanto, las palabras dichas y escuchadas hacia el interior nos llegaron hasta lo más profundo.
"No queremos hacer preguntas"-dijeron tus amigos-.La respuesta ya nos la has dado y se sabían las respuestas dadas durante toda tu vida. Con todo ¿Porqué hacer preguntas absurdas? No hay nada que deba esclarecerse. Has muerto dignamente y punto.
En esta sociedad hipócrita nuestra hay bastantes temas tabú como suicidio, eutanasia, etc... todas ellas consecuencia de una falsa moral. Tú has roto los tabús, el convencionalismo absoluto, porque has vivido más allá de ellos.
También has sacado a la calle otro tema tabú: el del sexo. Uno de tus compañeros comentaba que no tenías que "salir del armario" porque no habías estado nunca dentro.
La transexualidad, el deseo de cambiar de sexo. También ahí has actuado con libertad y dignidad. La sociedad no acepta vivir en libertad.
Felicidades, Aimar porque como en muchos otros ámbitos también en esto has intentado nuevos caminos. Estoy seguro de que la sociedad de Hernani tenía ganas de oír este tipo de palabras y que quedaran grabadas en la plaza.
Yo a tí, a tus padres y al pueblo de Hernani quiero darles con este pequeño homenaje la enhorabuena. ¿Porqué no?
El dolor ahí está, cómo no, pero la paz, la tranquilidad y el amor también.
Y para terminar, en tu esquela apareció una imagen bella. Eso quiero reseñarte, por ejemplo: Hacia las estrellas, volando, tu espíritu convertido en estrella, tu cuerpo en el regazo de la Madre Tierra. Porque nos habías dejado.
Estarás en el pequeño cosmos de Hernani porque fuiste una estrella luminosa. En el recuerdo colectivo estarás con muchas otras estrellas unido, mientras tu cuerpo se convierte en tierra.

Muchas gracias y enhorabuena, Aimar.

No es un adiós."


Felipe Izaguirre, compañero de la ASOCIACIÓN DE DERECHO A MORIR DIGNAMENTE

 

NECESIDADES TERAPEUTICAS DE LAS PERSONAS TRANSEXUALES

____________________________________________________ las necesidades asistenciales de nuestro colectivo, así como nuestra opinión al respecto de la manera mas adecuada de abordar, una problemática psico-social compleja, que abarca muchos ámbitos de actuación socio-sanitaria y que no ha sido entendida por la sociedad en su autentica dimensión, hasta ahora. En la esperanza de que finalmente y como debió hacerse ya hace tiempo, por fin se incluya entre las prestaciones de la sanidad pública, el tratamiento integral y la atención a las personas transexuales, paso a abordar directamente nuestra exposición.

PROTOCOLO DE TRATAMIENTO DE LA TRANSEXUALIDAD

Este documento nace de la necesidad de definir un marco técnico y legal dentro del cual el sistema sanitario (____), pueda abordar con resolución y eficacia el tratamiento de la transexualidad. En la actualidad y a pesar de la recomendación del Parlamento Europeo (12/11/1989) no existe ni en (________), ni en el Estado Español una ley de la transexualidad que proteja los derechos de las personas transexuales. En cambio, la ley discrimina a la persona transexual tanto por omisión de su obligación de protegerle, como por sus contenidos que en algunos casos han sido una limitación expresa y una conculcación de sus derechos.

Para la persona transexual los conflictos con el sistema sanitario, en demanda de una atención que no recibe adecuadamente, son una constante a lo largo de su vida. Desde la infancia hasta la edad adulta, encuentra ignorancia en los profesionales a los que accede, prejuicios y opiniones sin ningún fundamento, incluso actitudes y posiciones que tienen su origen en un interés lucrativo totalmente ajeno a las necesidades de la persona transexual. La consecuencia de ello es una falta de confianza de muchas personas transexuales en médicos, psicólogos, psiquiatras, etc., que desemboca en el autodiagnóstico y automedicación generalizadas. Además, por su coste y por la desinformación existente, sólo una minoría podrá acceder parcialmente al tratamiento médico. Con un alto riesgo de convertirse una víctima fácil de los que quieren sacar provecho de su situación desesperada, desembocando a situaciones límite de desamparo, impotencia, frustración e infelicidad. Y todo eso sucede cuando desde los años 50 la transexualidad recibe un tratamiento médico suficientemente satisfactorio y claro. Por ello consideramos de vital importancia la elaboración de campañas informativas a los centros de atención primaria, así como a los centros educativos, que sin duda representan, el primer eslabón, entre la persona transexual y la solución de su problemática. Y han de conocer, el trato adecuado ante una posible persona transexual, y la información que deben proporcionarle, para que pueda ser correctamente asistida.

No conocemos datos fiables al respecto, pero estimaciones generales sugieren una proporción de 1mujer transexual de cada 18.000 hombres, entre el total de la población masculina (1). Para hacerse una idea de las demandas de operaciones de reasignación sexual y suponiendo un predominio igual de la transexualidad de los dos sexos, se calcula que estas afectan a 0.17 de cada 100.000 personas (2). La transexualidad requiere para su correcto tratamiento profesionales con experiencia que puedan abordar el conjunto del proceso transexualizador. Ello difícilmente se dará sin la voluntad de las administraciones responsables de asumir estas cuestiones.

 

1.- Bakker A, van Kesteren PJ, Gooren LJ, Bezemer PD. The prevalence of transsexualism in the Netherlands. Acta Psychiatrica Scandinavica 1993;87:237-238

2.- Landen M, Walinder J, Lundstrom B. Incidence and sex ratio of transsexualism in Sweden. Acta Psychiatrica Scandinavica 1996;93:261-263

 

 

TRANSEXUALIDAD

Los avances en los estudios sobre la Identidad de Género en estos últimos años, no dejan apenas lugar a especulaciones, poniendo de manifiesto la naturaleza psico-social del conflicto, por lo que las soluciones deberán encaminarse en ese sentido.

A pesar de que la Asociación Norteamericana de Psicología incluya la transexualidad en el DSM-IV (Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders, cuarta edición), y que la OMS haga lo propio en el ICD-10 (International Classification of Diseases, décima edición) en breve, se estima, desaparecerá de ambos catálogos, como ya sucedió con otras situaciones antes consideradas patologías. Es preciso que se comprenda que la identidad sexual de cualquier persona es inmutable y reside en su cerebro, no en sus genitales; por ello la transexualidad no es más que la situación resultante de un desarrollo físico divergente, en ciertas características, con el verdadero género de la persona. Esa divergencia puede ser notoria desde el nacimiento, como en la intersexualidad, o no aparecer hasta una edad más avanzada en la que se adquiere la conciencia de género; o identidad sexual, pero en todos los casos el verdadero género tiene ya su impronta en el cerebro de cada persona.

Desde nuestra asociación, lanzamos una nueva definición, dado que la persona transexual no puede ser considerada como enfermo , ni la transexualidad como una patología, desde el punto de vista de las propias personas transexuales para quienes la transexualidad seria "mas que un deseo una necesidad de vivir y ser reconocido y aceptado plenamente (tanto por si mismo como por el conjunto de la sociedad) según su verdadera y real identidad sexual, incongruente con el propio desarrollo biológico, que debe ser modificado en lo posible (hormonal y quirúrgicamente), para que identidad sexual y desarrollo biológico concuerden adecuadamente, dentro de los limites lógicos impuestos por la propia necesidad de adecuación y el desarrollo medico / científico del momento.

 

Hay que desterrar la idea de "cambio de sexo", porque además de ser un concepto inadecuado, la experiencia ha demostrado que es algo imposible. Las personas transexuales y las intersexuales, se limitan a adaptar ciertas características físicas poco o mal definidas, para armonizarlas con el género y/o identidad sexual de cada cual. Para evitar errores, es imprescindible que esa readaptación se lleve a cabo una vez que la identidad sexual se ha definido claramente, con lo que se evita que las personas transexuales vivan en el género erróneo una vez detectado, y que las intersexuales sufran adaptaciones precoces de difícil solución posterior.

En España al no existir ninguna reglamentación o reflexión médica sobre el tratamiento que deben recibir las personas transexuales, cada profesional lo resuelve a su manera. Desde los que niegan su deber y rehúsan proporcionar tratamiento de la transexualidad hasta los que sí lo hacen, con más o menos acierto, pero que normalmente están faltos de la preparación adecuada y tampoco disponen de centros donde puedan recibir la información y formación oportuna.

El tratamiento psiquiátrico poco especializado no suele aportar nada en el proceso clarificador de la persona transexual que tarde o temprano decidirá la ineficacia del mismo. Los tratamientos hormonales son prescritos luego con resignación, en un intento de evitar la automedicación sin control que se valora como muy peligrosa. Cualquier tratamiento global durante el período transitorio es inexistente. La persona transexual va de por libre. No existen terapias de apoyo a su proceso de adaptación al nuevo rol de género, ni apoyo profesional para facilitarlo. Cuando decida operarse de Cirugía de reconstrucción genital  sólo se le pide el dinero y su autorización firmada. Ningún control, ningún requisito, ninguna verificación de las posibilidades de la persona para sobrevivir en la nueva situación. No se suministra ninguna orientación al demandante, ni tan siquiera el cirujano está obligado a garantizar que la persona transexual sabe lo que representa la operación ni se asegura de que la persona conoce todas las implicaciones y expectativas reales que se derivaran de ella. Se trata, como puede verse, de un mercado libre donde casi todo vale y donde puede suceder de todo, pero con una de las partes totalmente maniatada por la necesidad de desarrollar su proceso.

Con este protocolo se pretende superar la situación anterior de absentismo en el tratamiento de la transexualidad, permitiendo facilitar en la medida máxima posible el desarrollo personal y la calidad de vida de las personas implicadas.

EL PROTOCOLO SANITARIO

 Los protocolos fijan el alcance, los requisitos y plazos necesarios para acceder a cada estadio del proceso. De este modo se fijan las condiciones que se deberán cumplir para someterse a terapia hormonal y para acceder a intervenciones quirúrgicas. Desde nuestra asociación, la petición principal se refiere a que los tratamientos integrales a personas transexuales sean llevados a cabo únicamente bajo el amparo y custodia del Servicio (______) de Salud y en base a este protocolo y sus actualizaciones futuras. No solo integrando como prestación a cargo de la seguridad social dicho servicio y atención, sino además garantizando, que será realizado exclusivamente por el, evitando de este modo y compensando, la especulación medica privada y el abuso y la injusta persecución y agresiones padecidas por las personas transexuales (_______________), a lo largo de la historia.

Período de verificación y preparación.

Se trata de un período de verificación y certificación psicológica que descarta situaciones diferentes a la transexualidad, comprobando también la aptitud psicológica de la persona solicitante. No tendrá una duración mínima, ni máxima pudiendo convertirse en un estado permanente para quienes no quieran someterse a tratamientos hormonales o quirúrgicos y elijan una identidad aparente. Para quienes quieran proceder a la redefinición, serán ellos mismos guiados por los terapeutas quienes decidan el momento en el que ya están lo bastante preparados para afrontar el paso siguiente del proceso, dentro de la unidad multidisciplinar que garantizará los medios para poder llevarlo a cabo. En ambos casos favorecerá la armonía en el proceso, velando por la integración familiar, social y laboral, evitando y persiguiendo cualquier tipo de discriminación. En caso de menores, habrá de sucederse un seguimiento continuado por parte de educadores especializados y psicólogos/sexologos que valoraran el entorno del menor y velaran por su desarrollo y el de su entorno en las mejores condiciones, tanto en el ámbito familiar, como educativo. Facilitando tanto la información como la protección de los derechos del menor.

En este período debe hacerse entrega a la persona candidata, del Libro Blanco de la Transexualidad (LBT) donde además de información genérica sobre transexualidad se explicaran todos los detalles del proceso que se está a punto de iniciar, se le informará de todos los riesgos y consecuencias de la terapia, de su irreversibilidad, de las operaciones de Cirugía de Reasignación Sexual (CRS), (que abarcaran las cirugías tanto de reconstrucción genital, como no genitales), de las expectativas del cambio de sexo social, etc. Un psicólogo/sexologo deberá asegurarse de que la persona comprende todo lo que se explica en el LBT. El paciente deberá firmar explícitamente al final de este período que conoce, comprende y acepta las consecuencias de las terapias que va a iniciar, explicadas en el LBT.

Las dificultades sociales durante la transición son responsables de la renuncia voluntaria o del retraso por parte de muchas personas transexuales, lo que genera una vida de sacrificio y frustración. Para solucionarlo es primordial que se tomen las medidas necesarias para evitar la exclusión familiar, social y laboral, en el período en el que las personas transexuales son más vulnerables. Para ello se deberá propiciar el trato adecuado a la identidad sexual de la persona, desde el inicio de su transición; se crearán herramientas activas de control frente a la discriminación, y medidas positivas de inserción laboral; y se potenciarán los servicios de asistencia social y de orientación familiar.

Se prestará especial importancia a las terapias de adaptación a la vida real en el rol del sexo escogido, como un método preparador para la vida futura. Concretamente, un psicoterapeuta analizará la situación personal de cada paciente en los diferentes ámbitos de su vida: familia, trabajo, amigos, etc., orientándolo y facilitándole recursos de autoprotección y de facilitación de la adaptación del entorno social a los cambios a los que se habrán de enfrentar. También se abordará otros tratamientos no quirúrgicos,  transexualizadores como terapia de la voz en mujeres,  tratamientos estéticos, etc

Inicio del proceso transexualizador. La terapia hormonal

La infancia y la adolescencia

Se trata de un período muy difícil para el menor transexual que revela su condición públicamente. Los psicoterapeutas deberán prestar especial atención explicando las cosas adecuadamente tanto a los padres como al menor.

Se precisa un diagnóstico firme de transexualidad con su recomendación por parte de dos psiquiatras para abordar la TH.

Que en este caso concreto se ceñirá a la inhibición hormonal (inhibidores LHRH) del desarrollo de los caracteres sexuales indeseables para el menor adolescente transexual. Queda probado por la experiencia en países que han desarrollado estos tratamientos, (Holanda) la conveniencia y eficacia de estos por un lado, para el bienestar psicológico del menor transexual, por otro a posteriori evitaremos:

En Mujeres transexuales; la masculinización de su voz, el desarrollo de la nuez de Adán, la masculinización de sus rasgos faciales (evitando rinoplastias y cirugía maxilofacial), el crecimiento óseo masculino etc.

En hombres transexuales; el desarrollo mamario (Ginecomastia) y la cirugía de reparación consecuente, La menarquia, que causa un gran trastorno al menor transexual. El ensanchamiento de las caderas, etc.

Y finalmente la perfecta reversibilidad de estas terapias inhibidoras, sin mayores consecuencias negativas en el posterior desarrollo de la persona tratada cuya identidad sexual  se descubra coincidente con su desarrollo biológico inicial.

Para el inicio del proceso hormonal de reasignación:

Se precisa la mayoría de edad legal de la persona solicitante, dependerá en exclusiva de la voluntad de la persona interesada, que no deberá cumplir ninguna condición, ni pasar por dictamen alguno para poder iniciarlo, salvo la valoración de un psiquiatra presentando certificación firmada que excluya la presencia de patologías que impidan la redefinición. Así como un psicólogo / sexólogo deberá presentar certificación de que la persona candidata a la terapia hormonal (TH) ha cumplido satisfactoriamente el Período de Verificación, comprende el contenido del LBT que se ha valorado conjuntamente, certificando también que desde el criterio del psicólogo / sexólogo, el candidato comprende el paso que está a punto de realizar, sus implicaciones y expectativas reales y dispone de la madurez suficiente para iniciar el proceso transexualizador:

 

Un endocrino suministrará de acuerdo con este protocolo, la terapia hormonal adecuada para obtener el cambio físico y morfológico hacia el sexo deseado bajo los principios de máxima eficacia y mínimo riesgo para la salud, se deberá garantizar que los niveles hormonales sean los correspondientes al género adecuado. Ordenará también los controles médicos necesarios en cada caso, que habrán de ser de por vida, cuando se cumplan los requisitos de hormonación de sustitución, por perdida de capacidad de producción hormonal gonadal.

Se proseguirá con las terapias de apoyo y adaptación de la persona transexual a la vida que quiere empezar. Terapia de la voz, terapia de adaptación a la vida real, tratamientos estéticos, etc., y cuando se solicite, cirugías de redefinición sexual.

Se realizará el seguimiento periódico, de control y apoyo, de un psicólogo y/o de un psiquiatra. Si así se estima oportuno.

 

Las Cirugías de Reasignación Sexual (Genital y de pechos)

La cirugía de pechos se requiere:

la mayoría de edad

el visto bueno de un psiquiatra de acuerdo con los criterios de este protocolo

la petición firmada de la persona demandante

Consiste en mamoplastias, en mujeres transexuales, no siempre ni en todos los casos son necesarias estas cirugías, pues en muchos casos el desarrollo mamario que se consigue con una adecuada hormonación es suficiente para la satisfacción de la mujer transexual.

· Por tanto para ellas se requiere también 9 meses como mínimo de Terapia Hormonal.

Y masculinización del pecho (mastectomías de corrección de ginecomastias),en transexuales masculinos (hombres transexuales), podrá realizarse antes incluso de la TH si así se estima procedente.

La Cirugía de reconstrucción genital

No tiene por que ser el fin obligado del proceso transexualizador. Se autorizará bajo demanda de la persona interesada que decide con libertad someterse o no a ella. Para recibir cirugía de reconstrucción genital se requerirá:

La mayoría de edad.

El cambio de sexo legal realizado.

La realización del período transexualizador previo durante un mínimo de 9 meses, en mujeres.

y un mínimo de 2 años en hombres, a los que en el tiempo de espera para la cirugía se facilitará, alternativa protésica genital. (Si no se hizo la histerectomía antes se hará en este momento)

La petición expresa firmada de la persona demandante.

El visto bueno de un psiquiatra y de un psicólogo de acuerdo con los criterios de este protocolo certificando que la persona transexual conoce el paso que va a dar y está en condiciones de adaptarse a su nueva fisiología sexual.

Decisión,  entre las técnicas existentes de cirugía de reconstrucción genital (con resultados estéticos y funcionales diferentes), Y La valoración de las limitaciones de la técnica quirúrgica  y posibles complicaciones postoperatorias.

Además,

Este protocolo prevé el mantenimiento de una estadística de operaciones realizadas de CRS, con detalle de la técnica utilizada, las posibles complicaciones surgidas, el resultado final tanto desde el punto de vista médico como desde el punto de vista del paciente: confort, funcionalidad, estética, etc.

Esta información estará a disposición, manteniendo el anonimato de las personas objeto de la estadística, para poder calibrar el nivel de eficacia de cada equipo profesional con relación a las expectativas de cada uno, así como para conocer las implicaciones de esta cirugía y riesgos a corto y medio plazo.

La persona que va a recibir CRS debe poder escoger entre diferentes médicos y equipos que la realicen siempre dentro de las condiciones del protocolo. Se recomienda que una futura Ley de Transexualidad declare ilegales las operaciones de CRS realizadas al margen de este protocolo.

 

 

Situaciones ajenas al protocolo

· Siempre existirán situaciones personales que ajenas al protocolo se adhieren al mismo en un punto que no se corresponde con el inicial. Personas que realizaron su transformación antes de la existencia del protocolo o que se han desarrollado al margen del mismo.

· El criterio a seguir es que dichas personas se incorporen al protocolo en el punto que por su proceso corresponda.

Requerimientos para Profesionales

Una formación adecuada, facilitada por la administración, en tratamientos específicos a través de participación en foros y congresos de intercambio de experiencia e información para psicólogos, psiquiatras, educadores, trabajadores sociales y endocrinólogos (ginecólogos, andrólogos ). Y formación, facilitada por la administración, en técnicas quirúrgicas especificas, con participación activa de los cirujanos en intervenciones realizadas por los especialistas mundialmente reconocidos por su experiencia practica con los mejores resultados.

Desde la experiencia e información recabada por nuestra asociación, nos atrevemos a indicar,  las técnicas quirúrgicas mas avanzadas de la actualidad, que ofrecen menos riesgos y menos complicaciones post operatorias y por tanto las recomendadas a estudiar y poner en practica en la formación de cirujanos especializados, que habrán de trabajar en las unidades interdisciplinares que se  han de crear,  estas son:

Reconstrucción genital femenina (vaginoplastia):

DR. Sanguan Kunaporn,

 Phuket Plastic Surgery Clinic is located at
371/81 Yaowaraj road, Muang, Phuket, 83000, Thailand

Telephone:

+66 76 254 764

Fax :

+66 76 254 765

Email :

info@phuket-plasticsurgery.com

Website :

http://www.phuket-plasticsurgery.com

DR. Suporn Watanyusakul

  The Suporn Clinic is located in Chonburi, Thailand

938 Sukhumvit RoadBangplasoi, Muang District

Chonburi, 20000Thailand

Fax:+66 38 780569 (replace the "+" with the international dialing code appropriate to your country)

Internet Web Address http://www.supornclinic.com

Reconstrucción genital masculina

Ante los insatisfactorios y precarios resultados de las cirugías de reconstrucción genital masculina, nuestra recomendación, mientras las técnicas no avancen, es el desarrollo de alternativas protésicas, desde una unidad habilitada para ello, que pueda dar al transexual masculino la seguridad y apariencia genital adecuada, mientras se desarrollan soluciones definitivas de calidad, sin interferencias en su salud. De todos modos avanzamos las técnicas